Acaba
de ser presentado un proyecto, por parte de diputados del oficialismo, de
derogación de la ley 27.610 que instituyó la interrupción voluntaria del
embarazo (aborto).
Resulta
significativo el momento en que se toma esta iniciativa, a pocos días de la
audiencia del presidente Milei con el papa Francisco: dos más dos, siguen
sumando cuatro. El gobierno no incluyó esta medida, ni en el DNU 70/2023, ni en
el proyecto de la denominada “ley ómnibus”.
No es
necesario poseer dotes de clarividencia, para considerar imposible que el
Congreso esté dispuesto a derogar la Ley 27.610, aprobada hace apenas dos años.
En cambio, a través del DNU o del proyecto ómnibus, podrían haberse modificado
de la ley vigente, los artículos 2, inc. b, y 12, que establecen la cobertura
integral y gratuita del aborto en el sistema de salud, que es el principal
estímulo para dar muerte a los embriones, sin ningún costo ni trámites
engorrosos.
Si el
objetivo del gobierno es hacer mérito con los adherentes pro-vida, y con la
Iglesia católica, pueden tener en cuenta lo previsto para estos casos, en el
magisterio. Concretamente, la encíclica Evangelium vitae expresa:
“Un
problema concreto de conciencia podría darse en los casos en que un voto
parlamentario resultase determinante para favorecer una ley más restrictiva, es
decir, dirigida a restringir el número de abortos autorizados, como alternativa
a otra ley más permisiva ya en vigor o en fase de votación.”
“En
efecto, obrando de este modo, no se presta una colaboración ilícita a una ley
injusta; antes bien se realiza un intento legítimo de limitar sus aspectos
inícuos”.
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