miércoles, 20 de diciembre de 2023

COMENTARIO SOBRE LAS FORMAS DE GOBIERNO

 

 

Acaba de publicarse en Córdoba, un libro de Agustín Portela (1) “que pretende ser una herramienta para dar respuesta a preguntas básicas sobre el funcionamiento del Estado Argentino…”; no nos cabe dudas de que cumplirá dicho objetivo, ayudando a los lectores a introducirse en los aspectos institucionales de la política.


Debemos señalar, sin embargo, que el siguiente esquema didáctico que coloca el autor en la página 95, pretendiendo indicar la clasificación de Aristóteles sobre las formas de gobierno, no es correcto:


Formas puras              Formas impuras


Monarquía                  Tiranía o despotismo

Aristocracia                Oligarquía

Democracia               Demagogia

 

En realidad, dicha clasificación coincide con la que indica, otro autor argentino, el profesor Bidart Campos, en la página 247 de uno de sus libros (2).


En cambio, Aristóteles expresa textualmente:


 “Puesto que régimen y gobierno significan lo mismo y gobierno es el elemento soberano de las ciudades, necesariamente será soberano o un individuo, o la minoría, o la mayoría; cuando el uno o la minoría gobiernan en vista del interés común, esos regímenes serán necesariamente rectos, y aquellos en que se gobierne atendiendo al interés particular del uno, de los pocos o de la masa serán desviaciones; porque, o no se debe llamar ciudadanos a los miembros de una ciudad, o deben participar de sus ventajas.


De los gobiernos unipersonales, solemos llamar monarquía al que mira al interés común; al gobierno de unos pocos, pero más de uno, aristocracia, sea porque gobiernan los mejores (aristoi), o porque se propone lo mejor (ariston) para la ciudad y para los que pertenecen a ella; y cuando es la masa la que gobierna en vista del interés común, el régimen recibe el nombre común a todas las formas de gobierno: república (politeia); y con razón, pues un individuo o unos pocos pueden distinguirse por su excelencia, pero un número mayor es difícil que descuelle en todas las cualidades; en cambio puede poseer extremadamente la virtud guerrera, porque ésta se da en la masa. Por ello, en esta clase de régimen el poder supremo reside en el elemento defensor, y participan de él los que poseen las armas.


Las desviaciones de los regímenes mencionados son: la tiranía de la monarquía, la oligarquía de la aristocracia, la democracia de la república. La tiranía es, efectivamente, una monarquía orientada hacia el interés del monarca, la oligarquía busca el de los ricos, y la democracia el interés de los pobres; pero ninguna de ellas busca el provecho de la comunidad.” (1)


El autor que estamos comentando –Portela-, a diferencia de Aristóteles, define la democracia “como el régimen político en el cual el poder reside en el pueblo, que en las democracias indirectas o mixtas lo delega en sus representantes para que lo ejerzan. (…) lo que los ciudadanos delegan en sus representantes en las democracias indirectas o mixtas no es el poder en sí mismo, sino su ejercicio bajo ciertos límites establecidos por la ley” (p. 96).


En este caso, no coincide con Bidart Campos, que en otro de sus libros (4) aclara brillantemente que: “La teoría representativa está íntegramente afectada de invalidez. Ninguno de sus supuestos, resisten ser pasados por el tamiz de la ciencia o de la comprobación empírica. Toda ella está levantada sobre ficciones. Es ficción considerar al pueblo como susceptible de representación, y como entidad unificada que confiere mandato; ficción es suponer que el parlamento representa a la totalidad del pueblo; ficción que los actos de los representantes son actos del pueblo; ficción que el pueblo gobierna.”


“No hay tal mandato del pueblo; la elección es solamente un procedimiento empírico de designación, para utilizar una idea de Hauriou, pero no una investidura de representación.”


“Al rechazar la idea representativa que postula un gobierno indirecto del pueblo por medio de sus representantes, hay que cuidar con precaución de salvar la tesis de los órganos representativos del Estado. En efecto, es exacto que el actúa necesariamente por representación; pero el Estado es el representado, y no el pueblo. La representación, como expresa Santamaría de Paredes, es el título del cual, determinados individuos personifican físicamente al Estado, ejerciendo las funciones públicas. Los órganos del Estado son simultáneamente sus representantes.”

 


1) Portela, Agustín. “Fundamentos cívicos para una vida en libertad: reflexiones sobre el sistema político argentino”; Córdoba, Recovecos, 2023.

2) Bidart Campos, Germán. “Lecciones elementales de política”; Buenos Aires, Ediar, 1973, p. 143.

3) Aristóteles. “Política”; Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1983, Libro III, cap. 7.

4) Bidart Campos, Germán. “Doctrina del Estado democrático”; Buenos Aires, EJEA, 1961; pp. 185-190.