martes, 30 de agosto de 2022

MONS. BASEOTTO

 

 en contra de la beatificación de Mons. Angelelli

 

 P. Javier Olivera Ravasi

 

Hace un par de días, varios medios locales e internacionales  se han hecho eco de una presentación sin respuesta, que un grupo de abogados, letrados y ex-jueces realizaron ante las autoridades vaticanas para frenar la beatificación de Mons. Enrique Angelelli, muy cercano al marxismo y a la guerrilla armada en la Argentina.

 

Según confirma el diario La Prensa de Argentina en el día de hoy  Mons. Baseotto, ex-obispo de Añatuya (una de las diócesis más pobres de la Argentina) y obispo castrense emérito, ha escrito una carta donde expresa su malestar ante la posible y cercana beatificación (el texto original y completo puede leerse aquí).

 

Que no te la cuenten, 18-10-2021

 

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Buenos Aires, 12 de Octubre de 2018

 

He conocido a Mons. Angelelli por los años 70, cuando era Auxiliar de la Arquidiócesis de Córdoba. Venía a visitar a uno de nuestros sacerdotes, P. Félix Casá, profesor de Sgra. Escritura, quien abrigaba, si no ideas subversivas, sí muy afines a las mismas.

 

Sí me consta, por esas visitas, que era muy mal chofer, vista la forma que conducía entonces su camioneta cuando venía de la ciudad de Córdoba a nuestro convento redentorista de Villa Allende, casa San Alfonso.

 

En nuestro ambiente se lo ponderaba por su celo apostólico y cercanía con la gente de su Diócesis de La Rioja. Pero se lo veía con precaución y preocupación: muy cercano a grupos de ideología subversiva.

 

Las fotografías que, pasados unos años, me hicieran llegar, confirman ese malestar.

 

Pasé después de Córdoba (1973-1974) a Añatuya hasta 2002. Ahí conocí de cerca a Mons. Withe, quien había investigado por medio de gente especializada, los hechos de su antecesor, y abrigaba el mismo temor: complicidad con medios subversivos… y muerto en un accidente (…).

 

Voy constatando en muchos cristianos bien formados que abrigan, como yo, una duda muy seria acerca de este supuesto martirio. Claramente, si hubiera sido muerto por los militares, no habría sido por su Fe, sino por su compromiso con las fuerzas de izquierda, entonces operantes en La Rioja y hoy, en el poder, al que han llegado muy hábilmente.

 

Por todo esto y por las consecuencias hoy previsibles de desorden que acarraría tal beatificación, creo que no sólo es errónea sino también traería consecuencias lamentables para la paz en Argentina.

 

+ Mons. ANTONIO JUAN BASEOTTO C. Ss. R.

Obispo Castrense de la Argentina (E)

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DOSSIER PRESENTADO EN ROMA

Buenos Aires, 16 de Julio de 2018

Fiesta de Nuestra Señora del Carmen

 

EE.RR Cardenal Robert Sarah / Giovanni Angelo Becciu:

Congregación para el Culto Divino y para la Causa de los santos

Ref: Expediente de beatificación

de Monseñor Enrique Angelelli

 

            De nuestra consideración,

 

El pasado 8 de junio el Sr. Obispo Diocesano de La Rioja, Monseñor Marcelo Colombo, anunció que el Santo Padre Francisco promulgó el Decreto por el que se declara que el Siervo de Dios Enrique Ángel Carletti Angelelli, que fuera Obispo de La Rioja entre los años 1968 y 1976, habría sido asesinado por el Gobierno Militar que gobernó la Argentina entre 1976 y 1983 y que su muerte fue causada por odio a la fe. Reconocido, de este modo, el carácter martirial de la muerte de Angelelli quedaría expedito el camino para su próxima beatificación.

 

Somos un grupo de abogados, letrados y ex-jueces católicos de Buenos Aires, Argentina, constituidos en una fundación sin fines de lucro.

 

En nuestra calidad de abogados estamos en contacto constante con expedientes judiciales en los que se investigan, demuestran y juzgan hechos delictivos. Y como católicos, movidos por amor a Cristo y a la Iglesia y por nuestro afecto a la Augusta Persona del Santo Padre Francisco, consideramos importante dar nuestra opinión letrada sobre la veracidad y exactitud de los presupuestos de hecho y de derecho que se mencionan en el Decreto, concretamente, sobre la conducta de Monseñor Enrique Angelelli como Pastor de La Rioja y sobre las circunstancias de su fallecimiento.

 

Dividiremos, por tanto, el presente Informe en dos partes: en la primera se tratará de las circunstancias de la muerte de Monseñor Angelelli y en la segunda de su conducta incompatible con la Fe Católica y las enseñanzas del Magisterio de la Iglesia.

 

I. Circunstancias de la muerte del Obispo Enrique Angelelli

1. Antecedentes judiciales

Monseñor Enrique Angelelli murió el día 4 de agosto del año 1976, a la altura del Km 1.058 de la Ruta Nacional 38, en cercanías de la localidad de Punta de los Llanos, en la Provincia de La Rioja, como consecuencia del vuelco de la camioneta marca Fiat 125, tipo multicarga, chapa patente F 007968, propiedad del Obispado de La Rioja. En el mismo vehículo viajaba el Vicario de la Diócesis, el R.P. Arturo Aldo Pinto quien sufrió heridas.

 

Tanto las actuaciones policiales y judiciales cuanto las pericias médico forenses y mecánicas concluyeron que la muerte del Obispo Angelelli fue debida a un accidente automovilístico fortuito y descartaron la existencia de cualquier intencionalidad criminal en dicho accidente.

 

Durante varios años esta versión del trágico accidente que costara la vida del Prelado riojano fue aceptada sin que ninguna autoridad civil ni eclesiástica la pusiera en duda. No fue hasta el 4 de agosto de 1983 que, en ocasión de un homenaje al Obispo Angelelli llevado a cabo en la Ciudad de Neuquén, el fraile capuchino Antonio Puigjané lanzó públicamente la versión de que el accidente que costara la vida de Monseñor Angelelli fue, en realidad, fruto de un atentado criminal perpetrado por efectivos de las Fuerzas Armadas argentinas. Cinco años después Puigjané participaría en un sangriento ataque terrorista a una unidad militar de Buenos Aires por lo que fue condenado a veinte años de prisión.

 

Las afirmaciones de Puigjané no fueron acompañadas de ninguna clase de constancias probatorias; sin embargo, algunos organismos de derechos humanos y los sectores ideológicos ligados a la extrema izquierda, dentro y fuera del ámbito eclesial, se hicieron eco de esta versión. A raíz de ese clamor la causa judicial por la muerte del Obispo Angelelli fue reabierta en dos ocasiones.

 

La primera en 1983, iniciada en los tribunales de la Provincia de Neuquén, girada posteriormente por razones jurisdiccionales a la Provincia de La Rioja y finalizada en 1990 con el dictamen de la Cámara de Apelaciones de la Provincia de Córdoba, en la que se concluyó que, agotada la investigación, no fue posible reunir la suficiente cantidad de evidencias que permitan afirmar que el accidente en el que perdiera la vida Monseñor Angelelli fuese causado por una intención criminal, y por lo tanto se cerró la causa.

 

La segunda fue en 2014. Luego de un nuevo proceso durante el cual no se aportó ninguna evidencia distinta a las del proceso anterior y sin haberse demostrado la existencia de autores inmediatos se dictó una sentencia que condenó a dos jefes militares, treinta y ocho años después del suceso, como autores mediatos de la muerte del Monseñor Angelelli.

 

Como Anexo 1 del presente documento se adjunta el informe titulado Breve reseña histórico-jurídica del caso Angelelli, suscripto por la Dra. Silvia E. Marcotulio, ex Jueza de Cámara Penal. En este importante documento se resumen todas las alternativas judiciales relacionadas con las investigaciones llevadas a cabo por la Justicia argentina sobre la muerte de Monseñor Angelelli.

 

2. Testimonio de Monseñor Bernardo Witte, Obispo de La Rioja.

 

Monseñor Bernardo Witte fue el cuarto obispo de la Diócesis de la Rioja (sucedió tras su muerte a Monseñor Enrique Angelelli). Rigió dicha Diócesis desde el 5 de junio de 1977 hasta el 8 de julio de 1992 en que el Papa Juan Pablo II lo designó Obispo de Concepción, Tucumán.

 

Monseñor Witte no se sumó jamás al coro de quienes, sin fundadas razones objetivas, pugnaban por instalar tanto en la opinión pública general como en el marco interno de la Iglesia la tesis del asesinato de Monseñor Angelelli. En importantes declaraciones efectuadas el 29 de julio de 1988, en el diario La Prensa, en referencia al dictamen elaborado en 1986 por el Juez de La Rioja, Monseñor Witte sostuvo:

 

“Nos sorprendimos de que la misteriosa muerte de Monseñor Angelelli, haya sido caratulada de asesinato sin que se tengan las pruebas suficientes. En la causa se incluyó a militares sin suficientes pruebas, y luego éstos recibieron los beneficios de las leyes de punto final y obediencia debida, sin que pudieran defenderse”.

 

Aparte de estas declaraciones y animado siempre por un genuino deseo de que se aclarase la verdad acerca de la muerte de su predecesor, Monseñor Witte realizó un hecho de inestimable valor procesal. El 27 de septiembre de 1988 se presenta voluntariamente en la sede del Obispado de La Rioja el único testigo presencial del accidente en el que perdiera la vida Monseñor Angelelli; se trataba de un técnico electromecánico, Raúl Antonio Nacuzzi, quien en el momento del accidente se encontraba subido a un poste de la línea de alta tensión que une las localidades riojanas de Patquía y Chamical realizando tareas de reparación de dicha línea eléctrica. Este testigo había solicitado infructuosamente prestar declaración testimonial en el proceso que llevaba adelante el Juez del Crimen Aldo Fermín Morales; ante tal negativa, Monseñor Witte decide que el testigo preste declaración en la sede del Obispado. Esta declaración, en la que Nacuzzi hace un relato pormenorizado de los hechos, es refrendada al pie por el mismo Monseñor Bernardo Witte quien certifica que lo expresado ha sido firmado en su presencia con total voluntad del declarante. Posteriormente, el texto de esta declaración es depositado en una Escribanía. Una copia del acta notarial respectiva con el contenido íntegro de las declaraciones del testigo Nacuzzi se adjunta en el Anexo 2 del presente documento.

 

3. Otros testimonios

 

Existen diversos testimonios contrarios a la tesis del asesinato de Monseñor Angelelli.

 

a) El distinguido pensador y ensayista argentino, Dr. Mario Meneghini, conocido el fallo del Tribunal que condenó a los dos jefes militares por “autores mediatos” del supuesto crimen, publicó en su página web, con fecha 5 de julio de 2014, una interesante nota en la que aporta datos de sumo interés para el esclarecimiento de la verdad. Copia de la nota se adjunta como Anexo 3 del presente documento.

 

b) Monseñor Carmelo Juan Giaquinta, Obispo Emérito de Resistencia, fue encargado, en el año 2006, por la Conferencia Episcopal Argentina, cuyo Presidente era a la sazón el entonces Cardenal Jorge Mario Bergoglio, de constituir y presidir una Comisión especial con el cometido de investigar, en el ámbito eclesial, todo lo relativo a la muerte de Monseñor Angelelli. Los trabajos de dicha Comisión (integrada además de Monseñor Giaquinta por el entonces Obispo de La Rioja, Monseñor Roberto Rodríguez y el Presbítero Nelson Dellaferrera) duraron dos años. En declaraciones a la Agencia Informativa Católica Argentina (AICA) con fecha 15 de abril de 2009, a la pregunta de a qué conclusiones había llegado la Comisión respecto del carácter de la muerte del Obispo Angelelli, Monseñor Giaquinta expresó:

 

“La conclusión del trabajo no significa que la Comisión haya llegado a una conclusión judicial. Si fue accidente o atentado: lo dirá la Justicia Civil. A partir sólo de los testimonios eclesiales es difícil probar ninguna de las dos hipótesis”.

 

La opinión de Monseñor Giaquinta, expresada en privado, era un tanto más explícita al sostener que, en verdad, no existía ninguna evidencia que permitiese concluir que la muerte de Angelelli hubiese sido intencionalmente procurada

 

II. Conducta de Monseñor Angelelli como Obispo

 

Siendo Obispo Auxiliar de Córdoba es muy conocida su actuación contra el Arzobispo Monseñor Ramón José Castellano quien debió abandonar su cargo a causa de ciertas acciones de un grupo de sacerdotes y profesores del Seminario Mayor (del que era Rector el propio Angelelli), que llevaron a un profundo enfrentamiento en el catolicismo cordobés; Angelelli no sólo alentaba dichas acciones sino que las lideraba en su doble condición de obispo auxiliar y de rector del Seminario.

 

En La Rioja su acción estuvo notoriamente signada por la corriente del llamado tercermundismo, con simpatía hacia grupos guerrilleros como “Montoneros”. A modo de ejemplo se adjunta como Anexo 5 un artículo firmado por María Lilia Genta, aparecido en diversos medios digitales, con un testimonio de la autora respecto del compromiso y vínculos de Monseñor Angelelli con las organizaciones terroristas armadas. El artículo incluye una foto de Monseñor Angelelli predicando frente a una bandera de Montoneros.

 

Al mismo tiempo, Monseñor Angelelli emprendía acciones contra quienes no comulgaban con su línea pastoral. Son muy conocidos los duros enfrentamientos que protagonizó con amplios sectores de fieles que no admitían el giro ideológico que Monseñor Angelelli imprimía a su gestión. Se adjunta como Anexo 6 un Acta del Consejo Presbiterial de 1972 en donde se deja constancia de las medidas que se debían tomar contra los miembros del clero que no adherían al tercermundismo. También agregamos como Anexo 7 extractos del libro de Horacio Verbitsky sobre la Historia de la Iglesia Argentina, en donde relata los enfrentamientos de Monseñor Angelelli con los feligreses que no compartían su ideología.

 

III. Petitorio y Ofrecimiento

 

Por lo expuesto solicitamos que vuestro Dicasterio a vuestro cargo considere:

 

- Que la hipótesis de que el vuelco del automóvil en que viajaba Monseñor Enrique Angelelli fue fortuito y accidental como la más probable dadas las pruebas reunidas.

 

- Que la conducta de Monseñor Angelelli al frente de su diócesis estuvo comprometida con teorías y movimientos alejados de la doctrina católica.

 

Asimismo nos ofrecemos a aportar más datos, a medida que lleguen a nuestro conocimiento, y a colaborar en la investigación.

 

Abogados, letrados y ex-jueces católicos de la ciudad de Buenos Aires


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Anexo:


ANGELELLI: EL CRIMEN QUE FUE ACCIDENTE

Mario Meneghini

El Tribunal Oral Federal en lo Criminal de La Rioja condenó ayer a prisión perpetua al General Benjamín Menéndez y al Comodoro Luis Estrella por el crimen (sic) de Monseñor Enrique Angelelli, ocurrido el 4 de agosto de 1976, en calidad de autores mediatos. Menéndez estaba al mando del Tercer Cuerpo de Ejército y Estrella era el jefe de la Base Aérea de Chamical, al momento del hecho imputado. Sin que haya sido comprobado, la sentencia asume que el vuelco del vehículo en el que viajaba Angelelli, fue producido por la maniobra intencional de otro vehículo, cumpliendo órdenes impartidas por los jefes  militares condenados y otros ya fallecidos. (La Voz del Interior, 5-7-2014)

Uno de los defensores de los imputados, el doctor Juan Deleonardi remarcó la importancia que tiene  la declaración de Raúl Alberto Nacuzi que dejó plasmada en una carta bajo el resguardo de una escribana pública, la cual es “una declaración válida, un instrumento público, que consta en el expediente por más de 7 años, que nunca fue cuestionada su validez por Fiscalía”.

Además de Nacuzi, que fue el hombre que dijo haber visto el accidente de Angelelli desde un pilar de alta tensión mientras realizaba trabajos de mantenimiento, Deleonardi citó a Carlos Alberto Arzola, quien dijo ser uno de los primeros testigos en llegar al lugar del hecho, en donde no vio ningún vehículo ahí, como así tampoco vio algún auto alejarse del accidente. 

También sostuvo que Primitivo Reynoso y Aber Fabio Luna manifestaron que ellos iban un tractor cargado con leña y que tuvieron la posibilidad de llegar rápido al accidente y no ver ningún otro vehículo.

Lo mismo pasó con el testigo Ferneti, quien dijo sólo haber visto luego del accidente un Peugeot 404, “y quien iba en ese Peugeot, Carlos Alberto Arzola, que iba hacia Punta de los Llanos a dar aviso del accidente”, dijo Deleonardi. (El Independiente, 27-6-14)

Cabe agregar lo expresado el 20 de abril de 1990 por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que en su resolución manifiesta: "La Corte Suprema de Justicia de la Nación atribuyó a esta Cámara Federal la responsabilidad jurídica de conocer e investigar la verdad respecto del hecho que costara la vida de Monseñor Enrique Angelelli. A tales fines se practicaron numerosas medidas tendientes a esclarecer su muerte, algunas de ellas totalmente nuevas, producto de la investigación realizada por el Tribunal [...} No obstante lo expuesto y todo lo actuado en autos, resulta imposible poder asegurar que el hecho haya sido consecuencia de un accionar doloso. Está probado que la muerte se produjo a causa del accidente, pero a esta altura de la investigación, que se considera agotada, no hay elementos suficientes que permitan afirmar que el accidente haya sido efectivamente provocado. Por lo expuesto, en virtud de las medidas instructorias practicadas y demás consideraciones efectuadas, y atento que los medios de justificación acumulados no son suficientes para demostrar la perpetración del delito, en concordancia con lo dictaminado por el Señor Fiscal de Cámara, este Tribunal estima pertinente dictar el sobreseimiento provisional de la presente causa".

 Cuesta entender que, 14 años después de la conclusión citada, otro tribunal llegue a conclusiones opuestas. Uno de los querellantes, Sr. Luis Miguel Baronetto, director de Tiempo Latinoamericano, publica en la edición de mayo 2014 de esa revista un “Informe sobre el juicio por el asesinato de Mons. Angelelli” (pgs. 16/22) sin aportar ningún dato que pueda fundamentar que hubo un accidente provocado, y por lo tanto una intención dolosa.

En realidad, esta etapa del largo proceso judicial, se inserta en la concepción de que los delitos de lesa humanidad, pueden ser juzgados al margen de los principios del Derecho Penal. Para comprender lo sucedido resulta útil el libro del Dr. Díaz Araujo, donde profundiza esta cuestión[1].

La sentencia de La Rioja determina que los condenados son autores mediatos del crimen. Suponiendo que haya existido dicho delito, “en el derecho penal latino no hay responsabilidad criminal por el hecho ajeno”. Sin embargo, desde 1985 comenzó a aplicarse en la justicia argentina la teoría de la autoría mediata, del alemán Roxin (“voluntad de dominio de la acción mediante aparatos de poder organizados”). Por ejemplo, la Cámara Federal de La Plata, condenó al P. Wernich, por haber pertenecido a la plana mayor policial (como Capellán), cuando otros individuos de la policía torturaban o mataban[2]. De modo que, en base a “la autoría mediata se puede condenar a cualquier funcionario jerárquicamente superior al autor real y material de los hechos”[3].

 

[1] Díaz Araujo, Enrique. “Lesa humanidad”; La Plata, Universidad Católica de La Plata, 2012.

[2] Op. cit., p. 262.: “Es tan torturador el que enchufa el cable en la pared como el que enciende la radio para que no se escuchen los gritos, el que pasa la picana por los genitales de la víctima, o el que llega después a aconsejarle que hable para no ser torturado nuevamente”;

[3] Op. cit., p. 64.

 

 

Córdoba, 5-7-2014.-