lunes, 5 de mayo de 2014

ACERCA DE LOS BIENES NO DISCUTIBLES





Para una correcta utilización de los documentos pontificios, y la consiguiente aplicación a la vida temporal, que nos corresponde especialmente a los laicos, es necesario conocer el texto auténtico que se publica en las Acta Apostolicae Sedis, casi siempre redactado en latín, aunque, en la mayoría de los casos, puede bastar la traducción publicada en el Osservatore Romano.

Un ejemplo notable –verdadero fraude intelectual- fue la mala traducción de una palabra de la encíclica Mater et Magistra: socialización, que en algunas ediciones fue suplantada por socialismo, siendo que el texto latino se refiere al incremento de las relaciones sociales (socialium rationum incrementa), fenómeno sociológico de nuestra época que carece de relación con la ideología socialista, rechazada por la Iglesia. (1)

Conociendo la complejidad de la realidad de nuestro tiempo, el entonces Cardenal Ratzinger, siendo Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, nos aportó a los laicos con vocación política el criterio para discernir  las cuestiones prioritarias, sobre las cuales no es admisible transar en la vida pública. La primera exposición de este concepto, la efectuó Ratzinger, en la Nota Doctrinal sobre la política (2002),  refiriéndose a "exigencias éticas fundamentales e irrenunciables". (2)

Posteriormente, siendo ya Benedicto XVI, promulgó la Exhortación Apostólica Sacramentum caritatis (2007), en la que redujo a cuatro “los bienes no discutibles”:

-el respeto y la defensa de la vida humana, desde su concepción hasta su fin natural,
-la familia fundada en el matrimonio entre hombre y mujer,
-la libertad de educación de los hijos
-y la promoción del bien común en todas sus formas.

El P. Horacio Bojorge sj, prestigioso teólogo uruguayo, nos advirtió que la versión española de este documento no traduce correctamente el original latino:  De iis haud licet bonis disputari [literalmente: "De estos bienes no es lícito discutir"], se ha traducido por “valores no negociables”, introduciendo un lenguaje propio del subjetivismo idealista (valores), que modifica el significado correcto de la expresión pontificia. (3)

Lo que el papa dice de que no es lícito "discutir", va dirigido principalmente a los políticos bautizados, y excluye precisamente someter a votación los bienes indiscutibles.

 Agreguemos otras frases
* “Quapropter politici catholici legumque latores, suorum sibi gravium conscii officiorum socialium, sua ipsa conscientia recte profecto efformata instigari se praecipue videant ut leges rogent defendantque secundum principia ac bona naturae humanae conceptas”.
[Los legisladores católicos... defiendan leyes concebidas según los principios y los bienes de la naturaleza humana].

* Obligantur Episcopi ut sine intermissione haec iterent praecepta; eorum pars enim est muneris erga sibi creditum gregem.
[Los obispos están obligados a repetir sin intermisión estos PRECEPTOS, ya que es parte del oficio que se les ha confiado hacia su grey].

Utilizamos las versiones latina y española, del sitio oficial del Vaticano (www.vatican.va ), para comentar un aspecto que no debe admitir confusión, al interpretar y  aplicar adecuadamente el magisterio pontificio.

Córdoba, 5-5-2014.-

Mario Meneghini






1) Sacheri, Carlos. “La Iglesia y lo social”; Bahía Blanca, La Nueva Provincia, 1972, pgs. 11 y 12.

2)
CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE
NOTA DOCTRINAL
sobre algunas cuestiones relativas al
compromiso y la conducta de los católicos en la vida política
24-11-2002

4. (...) Cuando la acción política tiene que ver con principios morales que no admiten derogaciones, excepciones o compromiso alguno, es cuando el empeño de los católicos se hace más evidente y cargado de responsabilidad. Ante estas exigencias éticas fundamentales e irrenunciables, en efecto, los creyentes deben saber que está en juego la esencia del orden moral, que concierne al bien integral de la persona. Este es el caso de las leyes civiles en materia de aborto y eutanasia (que no hay que confundir con la renuncia al ensañamiento terapéutico, que es moralmente legítima), que deben tutelar el derecho primario a la vida desde de su concepción hasta su término natural. Del mismo modo, hay que insistir en el deber de respetar y proteger los derechos del embrión humano. Análogamente, debe ser salvaguardada la tutela y la promoción de la familia, fundada en el matrimonio monogámico entre personas de sexo opuesto y protegida en su unidad y estabilidad, frente a las leyes modernas sobre el divorcio. A la familia no pueden ser jurídicamente equiparadas otras formas de convivencia, ni éstas pueden recibir, en cuánto tales, reconocimiento legal. Así también, la libertad de los padres en la educación de sus hijos es un derecho inalienable, reconocido además en las Declaraciones internacionales de los derechos humanos. Del mismo modo, se debe pensar en la tutela social de los menores y en la liberación de las víctimas de las modernas formas de esclavitud (piénsese, por ejemplo, en la droga y la explotación de la prostitución). No puede quedar fuera de este elenco el derecho a la libertad religiosa y el desarrollo de una economía que esté al servicio de la persona y del bien común, en el respeto de la justicia social, del principio de solidaridad humana y de subsidiariedad, según el cual deben ser reconocidos, respetados y promovidos «los derechos de las personas, de las familias y de las asociaciones, así como su ejercicio».[21] Finalmente, cómo no contemplar entre los citados ejemplos el gran tema de la paz. Una visión irenista e ideológica tiende a veces a secularizar el valor de la paz mientras, en otros casos, se cede a un juicio ético sumario, olvidando la complejidad de las razones en cuestión. La paz es siempre «obra de la justicia y efecto de la caridad»;[22] exige el rechazo radical y absoluto de la violencia y el terrorismo, y requiere un compromiso constante y vigilante por parte de los que tienen la responsabilidad política.
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3)

BENEDICTI PP. XVI
SUMMI PONTIFICIS
ADHORTATIO APOSTOLICA
POSTSYNODALIS
SACRAMENTUM CARITATIS

Congruentia eucharistica
83. Plurimum refert illud extollere quod Patres synodales veluti congruentiam eucharisticam depinxerunt, ad quam revera vocatur nostra vita. Cultus namque Deo acceptus numquam privatus dumtaxat fuit sine consectariis nostris in socialibus coniunctionibus: publicam scilicet propriae fidei deposcit testificationem. Hoc manifesto pro omnibus valet baptizatis, at vehementius illis imperatur qui socialem ob ordinem aut politicum quem habent, consilia capiant necesse est de principalibus bonis, qualia sunt vitae humanae observatio ac defensio a conceptione naturalem usque ad mortem, ipsa familia in matrimonio innixa inter virum ac feminam, liberos educandi libertas, boni communis sustentatio universis in ipsius formis.(230) De iis haud licet bonis disputari. Quapropter politici catholici legumque latores, suorum sibi gravium conscii officiorum socialium, sua ipsa conscientia recte profecto efformata instigari se praecipue videant ut leges rogent defendantque secundum principia ac bona naturae humanae conceptas.(231) Vinculum haec sententia habet verum cum Eucharistia (cfr 1 Cor 1,27-29). Obligantur Episcopi ut sine intermissione haec iterent praecepta; eorum pars enim est muneris erga sibi creditum gregem.(232)
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 (230) Cfr Ioannes Paulus II, Litt. enc. Evangelium vitae (25 Martii 1995), 107: AAS 87 (1995), 401-522; Benedictus XVI, Allocutio ad Pontificiam Academiam pro vita (27 Februarii 2006): AAS 98 (2006), 264-265.
(231) Cfr Congregatio pro Doctrina Fidei, Nota doctrinalis de christifidelium rationibus in publicis negotiis gerendis (24 Novembris 2002): AAS 96 (2004), 359- 370.
(232) Cfr Propositio 46.
© Copyright 2007 - Libreria Editrice Vaticana
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Coherencia eucarística
83. Es importante notar lo que los Padres sinodales han denominado coherencia eucarística, a la cual está llamada objetivamente nuestra vida. En efecto, el culto agradable a Dios nunca es un acto meramente privado, sin consecuencias en nuestras relaciones sociales: al contrario, exige el testimonio público de la propia fe. Obviamente, esto vale para todos los bautizados, pero tiene una importancia particular para quienes, por la posición social o política que ocupan, han de tomar decisiones sobre valores fundamentales, como el respeto y la defensa de la vida humana, desde su concepción hasta su fin natural, la familia fundada en el matrimonio entre hombre y mujer, la libertad de educación de los hijos y la promoción del bien común en todas sus formas.[230] Estos valores no son negociables. Así pues, los políticos y los legisladores católicos, conscientes de su grave responsabilidad social, deben sentirse particularmente interpelados por su conciencia, rectamente formada, para presentar y apoyar leyes inspiradas en los valores fundados en la naturaleza humana.[231] Esto tiene además una relación objetiva con la Eucaristía (cf. 1 Co 11,27-29). Los Obispos han de llamar constantemente la atención sobre estos valores. Ello es parte de su responsabilidad para con la grey que se les ha confiado.[232]