miércoles, 4 de enero de 2017

EDAD DE IMPUTABILIDAD



Ha comenzado un nuevo debate, con motivo del anuncio del Gobierno nacional de promover disminuir la edad de imputabilidad penal de 16 a 14 años:

www.foroazulyblanco.blogspot.com.ar/2017/01/la-imputabilidad.html

Uno de los argumentos más comunes, es afirmar la presunta ineficacia de la medida, para disminuir la cantidad de delitos cometidos por menores:

¿Traer el tema de nuevo a debate significa redescubrir una receta eficaz para combatir al delito? No es lo que pasa en los países latinoamericanos que avanzaron sobre el tema. Venezuela, El Salvador, México y Honduras fijaron la edad de imputabilidad en los 12 años y el delito ni se enteró. Allí están las tasas de homicidio más altas del mundo. (Clarín, 4-1-17)

Es necesario, entonces, recordar que la pena persigue varios fines, además de la ejemplaridad, que intenta disuadir a otros que quisieran imitar al delincuente. 
Toda pena se fundamenta en el libre albedrío humano, es decir, en el hecho de que las personas, en general, tienen el gobierno de sus actos y la capacidad de conducirse rectamente, así como la capacidad de apartarse voluntariamente del bien. Toda pena es consecuencia de un delito.

Con el hecho delictivo, el autor se convierte en merecedor de la pena, sin ella resultarían igualmente tratados aquellos que respetan el orden jurídico y aquellos que lo vulneran. Por ello, uno de los fines de la pena es el retributivo, que reafirma el orden de justicia.
La paz social, es otro fin: si los delitos no fuesen sancionados por la autoridad pública, aumentaría el riesgo de la venganza privada.
La tranquilidad social, se genera con el sentimiento de protección de las personas, al comprobar que se aplica una pena a los delincuentes.


[Fuente: Camilo Tale. Compendio de Derecho Natural; Córdoba, 1991]