sábado, 12 de octubre de 2013

DILEMAS QUE PLANTEA LA INMIGRACIÓN CLANDESTINA


En otra ocasión, señalamos el riesgo de elegir para la función pública a dirigentes improvisados, que carecen de la preparación y la experiencia necesarias para ocuparse con eficiencia de los asuntos del Estado[1]. Hacíamos referencia a la aparición en la escena política italiana del cómico Beppe Grillo, que obtuvo 8,7 millones de votos en las elecciones de febrero de este año, liderando el Movimiento 5 Estrellas; en esas elecciones, su partido logró 54 senadores y 109 diputados, ubicándose como segunda fuerza política de Italia.

Sin embargo, en esta oportunidad el citado dirigente ha sido criticado, nos parece,  injustamente[2]. A raíz del naufragio en la isla de Lampedusa, donde se ahogaron más de 300 personas de origen eritreo que intentaban llegar a Italia en un viaje clandestino, dos senadores de su movimiento promovieron una moción para abolir la ley que estableció el delito de inmigración clandestina. Grillo afirma que la enmienda propuesta “representa una invitación a los clandestinos a embarcarse hacia Italia. El mensaje que recibirán es: la clandestinidad no es delito”.
“Cuántos clandestinos estamos en condiciones de acoger cuando un italiano sobre ocho no tiene para comer”, pregunta Grillo. Antes de esta situación, ya se había manifestado contra el proyecto de otros partidos de sancionar una ley que otorgue la ciudadanía a todos los nacidos en territorio italiano. Tanto esta propuesta como la ya comentada, cuentan con el apoyo de los partidos de izquierda y de grupos católicos.

El populismo, la demagogia, y una mal entendida sensibilidad social hacia las personas que sufren, lleva a que se critique a quien, como en este caso, reacciona en defensa del interés de la propia comunidad. Las frases transcriptas revelan un sentido común, que parece haberse oscurecido en muchos, por prejuicios ideológicos o debilidad para reaccionar frente a problemas que plantea la realidad contemporánea. Por cierto que nadie puede permanecer indiferente ante una tragedia como el naufragio de Lampedusa. Pero, ante situaciones derivadas de la emigración en masa de personas que huyen de su país natal, corresponde que intervengan los organismos internacionales, como lo está haciendo Naciones Unidas para atender a miles de personas que salen de Siria debido a la guerra civil que se está librando.

Como indica la crónica que algunos de los críticos de Grillo provienen del campo católico, conviene recordar la doctrina de la Iglesia sobre el rol de la autoridad pública[3], encargada de tutelar el bien común, que implica el derecho y el deber de aplicar penas y reprimir las conductas lesivas a las reglas de la convivencia civil. El estado itialiano, ante este problema concreto, puede brindar asistencia a los náufragos, y ayudarlos a encontrar un nuevo lugar de residencia. No están obligados, ni legal ni moralmente, a incorporarlos a su comunidad.
Tampoco resulta justa la pretensión de que se reconozca la ciudadanía italiana a todos los nacidos en el territorio, cuando los padres han ingresado clandestinamente. Recordemos que, a diferencia de nuestro país que se rige por el jus soli –ciudadanía basada en el lugar de nacimiento- en Italia rige el jus sanguinis, que considera ciudadanos a los hijos de italianos al margen del lugar del nacimiento.

Conviene analizar este caso, para estar alertados sobre situaciones que se verifican en nuestro país, y que conllevan un similar dilema moral y político. Nos referimos a la inmigración ilegal de cientos de miles de personas, que provienen de países vecinos. Al carecer de documentación, aceptan trabajar en inferioridad de condiciones –“en negro”-, perjudicando, también, a trabajadores argentinos que son postergados pues, con ellos, la empresa contratante  debe cumplir la legislación laboral. Asimismo, cada Estado tiene el derecho de regular la inmigración, de acuerdo a su política demográfica, sin que pueda pretenderse que existe una obligación moral a aceptar la radicación en el país de cualquier persona que desee hacerlo.

Córdoba, 12-10-13



[2] Clarín, 11-10-13.
[3] Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, 402.