viernes, 27 de noviembre de 2015

SOBRE LA MASONERÍA



Desde el 23 y hasta el 29 de noviembre, se está desarrollando una Exposición Masónica, en el Centro Cultural Córdoba, con el auspicio oficial del Gobierno de la Provincia, y organizada por la Gran Logia de la Argentina de Libres y Aceptados Masones.
Están en exhibición objetos propios de la institución como mandiles, collares, medallas, martillo de ceremonia, dagas y la espada flamígera. También se detallan en banners nóminas de masones destacados; en las fotografías que se adjuntan puede verse un panorama de la Exposición.

En un folleto que se entrega a los visitantes se resumen algunos conceptos sobre la Masonería:
*Las sociedades iniciáticas que de ningún modo intentan ocultarse, pero cuyo secreto consiste en reservar el conocimiento de los ritos y ceremonias a los iniciados porque se trataba de un método de perfeccionamiento espiritual. La Masonería es, por excelencia, una sociedad iniciática.

*La Masonería no está afiliada ni puede afiliarse a ninguna religión determinada. Elevándose sobre toda clase de discusiones, ofrece a los amantes de la Verdad el terreno más apropiado para la inteligencia mutua y la unión fraternal. No reconoce en la investigación científica ninguna autoridad superior a la Razón Humana y rechaza, por tanto, las verdades reveladas que aceptan las religiones positivas. Admite en su seno a personas de todos los credos religiosos, sin distinción, siempre que sean tolerantes y respeten todas las opiniones sinceramente profesadas, es decir: exentas de fanatismos, egoísmos y supersticiones."

*He aquí algunos de nuestros antecesores ilustres que han honrado la Masonería Argentina, cuyos pasos tratamos de seguir.
Sorprenderá a muchos comprobar que militaron en ella, al igual que ahora, las más destacadas  figuras de la nación. José de San Martín, quien nos dio patria y libertad. Manuel Belgrano, creador de nuestro pabellón nacional. Vicente López y Planes, quien nos legara el Himno Nacional. Domingo F. Sarmiento, e innumerables prohombres de la Historia Nacional. Presidentes, Gobernadores, Legisladores, hombres de las ciencias, la educación, la literatura, las artes y el pensamiento, entre otros.”

El día 26 de noviembre dictó una conferencia para todo público, el Gran Maestre, Nicolás Breglia, quien expuso una síntesis de la importancia de la institución que preside, destacando la participación decisiva que jugó en el proceso de independencia nacional. Hizo hincapié en que sólo puede aceptarse que la verdad es siempre relativa, y la libertad implica respetar cuestiones personales como el derecho al aborto y a la elección sexual.

Para los católicos, es conveniente recordar que la Masonería fue condenada por la encíclica Humanum  genus, de León XIII, del 20-4-1884:

“En efecto, tan pronto como una serie de indicios manifiestos –instrucción de procesos, publicación de las leyes, ritos y anales masónicos, el testimonio personal de muchos masones- evidenciaron la naturaleza y los propósitos de la masonería, esta Sede Apostólica denunció y proclamó abiertamente que la masonería, constituida contra todo derecho divino y humano, era tan perniciosa para el Estado como para la religión cristiana. Y amenazando con las penas más graves que suele emplear la Iglesia contra los delincuentes, prohibió terminantemente a todos inscribirse en esta sociedad.” (p. 4)

“Que nadie que estime en lo que debe su profesión de católico y su salvación personal, juzgue serle lícito por ninguna causa inscribirse en la masonería, prohibición confirmada repetidas veces por nuestros antecesores.” (p. 22)
………………

*Congregación para la Doctrina de la Fe: Declaración sobre la Masonería en relación al canon 1374 del nuevo Código de Derecho Canónico, 20-11-1983:
“Se ha presentado la pregunta de si ha cambiado el juicio de la Iglesia respecto de la Masonería, ya que en el nuevo Código de Derecho Canónico no está mencionada expresamente como lo estaba en el Código anterior.
Esta Sagrada Congregación puede responder que dicha circunstancia es debida a un criterio de redacción seguido también en el caso de otras asociaciones que tampoco han sido mencionadas por estar comprendidas en categorías más amplias.

Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto a las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia, en consecuencia, la afiliación a las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la Santa Comunión.”

Esta Declaración, firmada por el Prefecto, Cardenal Joseph Ratzinger, fue aprobada por el Sumo Pontífice Juan Pablo II.
Con respecto a la presunta pertenencia de San Martín a la masonería, puede consultarse en:



Córdoba, 27-11-2015

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domingo, 22 de noviembre de 2015

ANÁLISIS DE LA SOBERANÍA NACIONAL, EN LA ACTUALIDAD











Recordamos hoy el combate de la Vuelta de Obligado que se produjo el 20 de noviembre de 1845, en aguas del río Paraná. Recordemos que la Confederación Argentina se enfrentó con la escuadra anglo-francesa cuyos buques poseían la tecnología más avanzada, impulsados tanto a vela como con motores a vapor. Una parte de ellos estaban parcialmente blindados, y todos dotados de grandes piezas de artillería forjadas en hierro, de rápida recarga y cohetes a la Congrève, que nunca se habían utilizado en esta región. Este combate — pese a ser una derrota táctica — dio como resultado la victoria diplomática y política de la Confederación Argentina; la resistencia opuesta por el gobierno argentino obligó a los invasores a aceptar la soberanía argentina sobre los ríos interiores.

A pedido del historiador José María Rosa, se promulgó la ley 20.770 que declara el 20 de noviembre "Día de la Soberanía Nacional", a modo de homenaje permanente a quienes defendieron con valentía y eficiencia los derechos argentinos.

Si bien el general Rosas, debió sostener un conflicto bélico en condiciones muy difíciles, las circunstancias de la época le permitieron utilizar la diplomacia para compensar su debilidad material. Hoy sería mucho más difícil, dadas las herramientas técnicas abrumadoras de que disponen las grandes potencias. Valga mencionar el manejo de la información:
El sistema 
Echelon es considerada la mayor red de espionaje y análisis para interceptar comunicaciones electrónicas de la historia, Controlada por la comunidad anglosajona (Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Australia y Nueva Zelanda),  puede capturar comunicaciones por radio y satélite, llamadas de teléfono, faxes y correos electrónicos en casi todo el mundo e incluye análisis automático y clasificación de las interceptaciones. Se estima que  intercepta más de tres mil millones de comunicaciones cada día.
El sistema está bajo la administración de la NSA (National Security Agency). Esta organización cuenta con 100.000 empleados tan sólo en Maryland (Estados Unidos)
Las señales capturadas son luego procesadas por una serie de superordenadores, conocidas como diccionarios, las cuales han sido programadas para buscar patrones específicos en cada comunicación, ya sean direcciones, palabras, frases o incluso voces específicas. el sistema dispone de 120 estaciones fijas y satélites geoestacionarios. Se recogen los mensajes aleatoriamente y se procesan mediante los diversos filtros buscando palabras clave.

PRISM es un programa del Gobierno estadounidense, que puede ser considerado como parte de la red ECHELON. Es divulgada su existencia por los medios de comunicación en junio de 2013 (The Guardian y The Washington Post ), y se caracteriza por capturar los datos de compañías como Google, Apple, Microsoft o Facebook.

La seguridad cibernética fue uno de los temas tratados en la reunión cumbre entre Obama y Xi Jinping en Washington en setiembre (23-26), pues la transmisión digital es uno de los principales desafíos al ser hoy virtualmente libre, tanto en comunicaciones como en contenido. Por Internet se envían por año 90 billones de e-mails y conducen dos billones de transacciones.
Julian Assange, creador de Wikileaks marcó el comienzo de una época, demostrando que los kackers son prácticamente invulnerables, hasta para las mayores potencias.

El diario Perfil publicó un informe sobre el virus “troyano” que se encontró en el teléfono del fallecido fiscal Nisman. El mismo, fue analizado por el laboratorio de Seguridad de las Comunicaciones de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN). Según el experto a cargo, el virus fue probablemente desarrollado en la National Security Agency (NSA) y ellos o la CIA eran los que estaban detrás de la filtración al teléfono (Seprin, 23-9-15).

Es importante reflexionar hoy sobre el tema de la soberanía, en un momento de profunda crisis en el país. Hoy existe en la Argentina, como nunca antes, un desaliento generalizado sobre su destino; cunde un clima de descontento, de protesta, una especie de atomización social. Estos síntomas evidencian que está debilitada la concordia, factor imprescindible para que exista una nación en plenitud.
Un tópico a considerar es el peligro que creen advertir muchos de que, en esta época signada por la globalización, el estado sufra una disminución o pérdida total de su soberanía. Para ello, debemos precisar el concepto mismo de soberanía, que es la cualidad del poder estatal que consiste en ser supremo en un territorio determinado, y no depender de otra normatividad superior. No es susceptible de grados; existe o no. Por lo tanto, carece de sentido mencionar la "disminución de soberanía" de los Estados contemporáneos.
Lo que puede disminuir o incrementarse es el poder propiamente dicho, es decir, la capacidad efectiva de hacer cosas, de resolver problemas e influir en la realidad. El hecho de que un Estado acepte, por ejemplo, delegar atribuciones propias en un organismo supraestatal -como el Mercosur-, no afecta su soberanía, pues, precisamente, adopta dichas decisiones en virtud de su carácter de ente soberano.

No cabe duda que la globalización implica un riesgo muy concreto de que disminuya en forma alarmante el grado de independencia que puede exhibir un país en vías de desarrollo. Ningún país es hoy enteramente libre para definir sus políticas, ni siquiera las de orden interno, a diferencia de otras épocas históricas en que los países podían desenvolverse con un grado considerable de independencia. Entendiendo por independencia la capacidad de un Estado de decidir y obrar por sí mismo, sin subordinación a otro Estado o actor externo; la posibilidad de dicha independencia variará según las características del país respectivo y de la capacidad y energía que demuestre su gobierno. Pues, más allá de las pretensiones de los ideólogos de la globalización, lo cierto es que el Estado continúa manteniendo su rol en nuestros días. En varios países europeos el Estado maneja más de la mitad del gasto nacional, y no es consistente, por lo tanto, afirmar que los políticos son simples agentes del mercado. Es claro que ello exige fortalecer el Estado, que sigue siendo el único instrumento de que dispone la sociedad para su ordenamiento interno y su defensa exterior.

Pese a todos los condicionamientos que impone la globalización, el Estado sigue siendo el mejor órgano de que dispone una sociedad para su ordenamiento interno y su defensa exterior. Desde nuestra perspectiva, no deben ser motivo de preocupación los cambios de tamaño, forma y roles del Estado, mientras cumpla su finalidad esencial de gerente del bien común. De modo que conviene no proclamar apresuradamente la desaparición del Estado, que sigue siendo una sociedad perfecta, por ser la única institución temporal que protege adecuadamente el bien común de cada sociedad territorialmente delimitada. Como enseña Benedicto XVI en su encíclica Caritas in veritate: “parece más realista una renovada valoración de su papel y de su poder, que han de ser sabiamente reexaminados y revalorizados, de modo que sean capaces de afrontar los desafíos del mundo actual, incluso con nuevas modalidades de ejercerlos”.
La situación internacional, vista sin anteojeras ideológicas ofrece, - en especial desde 1989- posibilidades de actuación autonómica aún a los países pequeños y medianos. Por cierto, que para poder aprovechar las circunstancias, es necesario que los gobernantes sepan distinguir los factores condicionantes de la realidad, de los llamados "factores determinantes" de la política exterior; estos son los hombres concretos que deciden en los Estados, procurando mantener su independencia.

El economista Aldo Ferrer ha aportado un concepto interesante, el de "densidad nacional", que expresa el conjunto de circunstancias que determinan la calidad de las respuestas de cada nación a los desafíos y oportunidades de la globalización. Atribuye dicho autor a la baja densidad nacional, la causa de los problemas argentinos.
Entonces, la primera decisión política a adoptar es la de fortalecer el rol del Estado para procurar su máxima eficacia. Desde nuestra perspectiva no deben ser motivo de preocupación los cambios de tamaño, forma y funciones del Estado, mientras cumpla su finalidad esencial de gerente del Bien Común.

Ahora bien, el grave problema argentino, es que no existe soberanía pues no existe el Estado. Como explica Marcelo Sánchez Sorondo: todo Estado incluye un gobierno, pero no todo gobierno implica que exista un Estado.
El Estado es una entidad jurídico-política que surge recién en una etapa de la civilización, como complejo de organismos, al servicio del bien común. Supone una delimitación explícita del poder discrecional. Si un gobernante puede afirmar “el Estado soy yo”, queda demostrada la inexistencia del Estado. Pues la hipertrofia del poder personal, sin frenos, es un síntoma de la ausencia de un Estado.
El gobierno no encuadrado en un Estado es errático y caprichoso; sirve únicamente para el enriquecimiento y la influencia individual de los gobernantes, que no pueden lograr el funcionamiento eficaz de la estructura gubernamental.
De allí la paradoja de culpar al Estado de todos los problemas, cuando el origen de los problemas es la ausencia del Estado.
En esto seguimos al Prof. de Mahieu,  que define al Estado como el órgano de síntesis, planeamiento y conducción, de una sociedad determinada, destinado a lograr el bien común. El ejercicio de las tres funciones señaladas es requisito indispensable para la existencia de un Estado; cuando dejan de cumplirse, el Estado desaparece, aunque se mantengan las formalidades constitucionales. Eso es lo que ocurrió en la Argentina, hace 45 años.

1º) La función de síntesis. La unidad social es el resultado de la síntesis de las diversas fuerzas sociales constitutivas, síntesis en constante elaboración por los cambios que se producen en los grupos y en el entorno. La superación de los antagonismos internos no surge espontáneamente; es el resultado de un esfuerzo consciente por afianzar la solidaridad sinérgica, a cargo del Estado.
El poder estatal tendrá legitimidad en la medida en que cumpla dicha función, garantizando la concordia política.

2º) La función de planeamiento. El Estado centraliza la información que le llega de los grupos sociales; recopila sus problemas, necesidades y demandas. Los datos son procesados y extrapolados en función de los fines comunes, fijados en la Constitución Nacional y en otros documentos, que señalan los objetivos políticos y los valores que identifican a un pueblo. Con mayor o menor intensidad, según el modelo gubernamental elegido, es en el marco del Estado donde debe realizarse el planeamiento global que establezca las metas y las prioridades en el proceso de desarrollo integral de la sociedad, en procura del Bien Común. Por cierto que, en una concepción no totalitaria el planeamiento estatal sólo será vinculante para el propio Estado, y meramente indicativo para el sector privado. La autoridad pública no debe realizar ni decidir por sí misma "lo que puedan hacer y procurar comunidades menores e inferiores", en palabras de Pío XI. Pero, debido a la complejidad de los problemas modernos, el principio de subsidiariedad resulta insuficiente para resolverlos sin la orientación del Estado, que mediante el planeamiento se dedique a "animar, estimular, coordinar, suplir e integrar la acción de los individuos y de los cuerpos intermedios".

3º) La función de conducción. La esencia de la misión del Estado es el ejercicio de la autoridad pública. La facultad de tomar decisiones definitivas e inapelables, está sustentada en el monopolio del uso de la fuerza, y se condensa en el concepto de soberanía. El gobernante posee una potestad suprema en su orden, pero no indeterminada ni absoluta. El poder se justifica en razón del fin para el que está establecido y se define por este fin: el Bien Común temporal.
Si un Estado no posee, en acto, estas tres funciones, ha dejado de funcionar como tal o ha efectuado una trasferencia de poder en beneficio de organismos supraestatales, o de actores privados, o de otro Estado.

Podemos visualizar el esquema indicado, centrando el análisis en uno de los problemas actuales y del futuro inmediato, de mayor gravedad para la estabilidad y progreso de la sociedad argentina: el narcotráfico. Desde hace una década el Estado ha descuidado el poder punitivo como respuesta legítima a la actividad criminal. A esto se suma la idea peregrina, sostenida incluso por la OEA y varios ex presidentes de la región, de que la única forma de evitar el narcotráfico es legalizar la comercialización de las drogas.
Desde hace una década los especialistas vienen alertando sobre esta cuestión, que se agrava por las normas de las leyes de Defensa Nacional (23.554) y de Seguridad Interior (24.059), que han debilitado orgánicamente a las Fuerzas Armadas al impedir que actúen en el ámbito interno, incluso en el rubro inteligencia. Sólo como excepción, previa declaración del estado de sitio, podrían intervenir, pero sin la preparación adecuada. El Instituto de Estudios Estratégicos de Buenos Aires, que dirige el general Heriberto Auel, ha advertido con crudeza lo que señala como riesgo estratégico prioritario.
Esto se debe a que las graves consecuencias del tráfico de drogas pueden poner en peligro la integridad y estabilidad de los gobiernos. Para neutralizar el carácter encubierto del tráfico de drogas y la logística de que dispone, se hace indispensable la coordinación y cooperación internacionales. En la actualidad, la dirección de la guerra contra este flagelo está a cargo de las Naciones Unidas.
Pese a todas las presiones e  intereses en juego, el organismo internacional mantiene un criterio firme en la materia. En diciembre de 2000 la NU celebró la Convención contra la criminalidad organizada, en la ciudad de Palermo, elegida como símbolo de la lucha contra la mafia. En esa ocasión, los delegados de 121 Estados firmaron el primer tratado políticamente vinculante para enfrentar el crimen organizado, con la finalidad de armonizar la legislación de todos los países.

Debe destacarse, como lo muestra la experiencia mundial, que no bastan los medios que pueden utilizar las fuerzas de seguridad para este tipo de guerra. Por el contrario, es necesaria una estrategia de defensa nacional, que incluya todos los recursos del Estado.
El presidente de México, Calderón, explicó  (Clarín, 13-11-10), que debido a la guerra que están librando su país y Colombia, algunos grupos están emigrando a otros países con Estados más débiles, a este fenómeno lo  denominó efecto cucaracha.

Lo más preocupante es que los grupos que están migrando configuran lo que se llama narcoterrorismo, por sus métodos feroces y el armamento que utilizan. Una muestra de lo que implica este peligro se ha podido observar  en Río de Janeiro, donde los delincuentes se han enfrentado con la policía militar y hasta con tanques. En México se ha constituido una banda (los Zetas) integrada por desertores de las tropas especiales de las fuerzas armadas, que combaten con tácticas de comando a sus antiguos camaradas. Por eso, para detener al famoso Chapo Guzmán (Cartel de Sinaloa), debió intervenir la infantería de marina.

Al no funcionar el Estado argentino, nuestro país está indefenso ante el problema descrito. Cientos de vuelos aterrizan diariamente con droga en unas 1.500 pistas clandestinas, lo que resulta posible por la carencia de radarización y la presumible complicidad de funcionarios. También funcionan laboratorios donde se elabora el clorhidrato de cocaína, a partir de la pasta base importada, destinándose los restos al paco, consumido por los más pobres.

Resumiendo lo expresado, consideramos que el mundo contemporáneo permite conservar cuotas significativas de independencia, siempre que exista una estrategia que seleccione el método de análisis y de elaboración de planes, apto para resolver los problemas gubernamentales.
Si es correcto el análisis, la prioridad absoluta consiste en restaurar el Estado, y procurar que actúe eficazmente al servicio del bien común.
Sin embargo, la restauración del Estado argentino no ocurrirá como consecuencia necesaria de elaborar un buen diagnóstico. Es insensato confiar en que, precisamente en el momento más difícil de la historia nacional, podrá producirse espontáneamente un cambio positivo. Sólo podrá lograrse si un número suficiente de argentinos con vocación patriótica, se decide a actuar en la vida pública buscando la manera efectiva de influir en ella. La acción política no puede limitarse a exponer los principios de un orden social abstracto. La doctrina tiene que encarnarse en hombres que cuenten con el apoyo de muchos, formando una corriente de opinión favorable a la aplicación de la doctrina.

Lamentablemente, tropezamos con un generalizado abstencionismo cívico. Nos parece que, si a la política se la sigue considerando la cenicienta del espíritu –en expresión de Irazusta-, seguirá careciendo el país de suficientes políticos aptos en el servicio a la comunidad. No puede extrañar que esta actividad genere recelos, pues es la función social más susceptible a la miseria humana, la que exacerba en mayor medida las pasiones y debilidades. Pero la situación actual en nuestro país es, y desde hace mucho tiempo, verdaderamente patológica; la mayoría de los buenos ciudadanos, comenzando por los más inteligentes y preparados, abandonan deliberadamente la acción política a los menos aptos y más corruptos de la sociedad, salvo honrosas excepciones.

Una manifestación clara del desinterés por la vida pública, se refiere al tema del proyecto nacional, frecuentemente mencionado como un elemento imprescindible para superar la crisis argentina, y se alega que la carencia del mismo es uno de los factores de dicha crisis. Tal vez por ese motivo son escasas las propuestas  realizadas en orden a la elaboración de un proyecto concreto;  las que han sido publicadas,  son únicamente  las once detalladas en el Anexo, a lo largo de medio siglo. Por eso, nos interesa tratar de desbrozar los aspectos de fondo que implica encarar la elaboración de un proyecto.

Podemos definir la expresión proyecto nacional como un esquema concreto y coherente de valores, fines, políticas públicas y distribución de responsabilidades, conocido y consentido por la mayoría de la población de una sociedad.
Existe el riesgo de hacer futurología, aplicando métodos cuantitativos a los aspectos cualitativos de la vida social, como si se pudiera revelar el porvenir por computación. Evitaremos el intento de hacer futurología y su consecuencia más dañina, la ingeniería social, si reconocemos que la sociedad no es una cosa susceptible de manipular, ni el porvenir un destino asequible por medio de los dudosos oráculos de una nueva ciencia ficción. Creemos, no obstante, que es injusto confundir el planeamiento con el utopismo; Santo Tomás aclara que, por muy imprevisible que en esencia sea la conducta humana, nada es tan contingente que no tenga en sí una parte de necesidad (S. Th. 1, 86,3).
Un plan de la nación no aparece, pues, como una fórmula mágica, sino como una combinación perfectible de realismo y voluntad.

Un proyecto nacional puede contribuir, en ésta época signada por el fenómeno de la globalización, a compatibilizar la inevitable integración del país con los demás países, con la preservación de la propia identidad cultural.
Si analizamos los antecedentes argentinos, comprobamos que existen notables coincidencias en todos los documentos citados; en especial, en los dos que fueron impulsados desde el Estado.

En efecto, tanto el  generado desde el Ministerio de Planeamiento (l977), como el que fuera leído por el Presidente Perón ante la Asamblea Legislativa, tres años antes, parten de una cosmovisión  similar. Aluden a una cultura cuyos valores fundamentales reconocen como fuente el acervo religioso y moral del Cristianismo, el saber filosófico de la Grecia clásica y la tradición político-jurídica de la antigua Roma.
Los Principios básicos sostienen que:

-El hombre es una persona, creada por Dios, dotada de cuerpo y alma, y poseedora de un destino trascendente.
-El hombre no se basta a sí mismo, sino que necesita de la sociedad. Esta es una pluralidad de personas unidas moralmente de manera estable para la consecución de un bien común. La sociedad humana es una sociedad de sociedades.
-La primera de esas sociedades naturales es la familia. Su constitución y su desarrollo responden -como los derechos humanos- a leyes naturales anteriores a toda organización social.
-Más allá de la familia, las necesidades, intereses y aspiraciones de tipo económico, social, cultural o religioso impulsan al hombre a agruparse en sociedades intermedias, con el fin de defender y promover bienes comunes particulares.
-La historia y la geografía crean, sobre la base de las familias asentadas en un territorio, una comunidad étnica y ética, la Nación, fundada en la lengua, la historia, la cultura, las costumbres y las aspiraciones comunes. Es una comunidad de destino en lo universal.
-Sin confundirse con la Nación, la sociedad,  territorialmente delimitada, crea un órgano especializado en el mando que es el Estado, destinado a regir dicha sociedad.
Estos conceptos sintetizan la identidad argentina.

Resumiendo lo expuesto: Se ha dicho que: al ocurrir la vacancia del Estado por el  divorcio entre al Poder y los mejores, en la confusión aprovechan para colarse al Poder muchos aventureros que  siempre andan por la vecindad de la política, como andan los mercaderes junto al Templo.
Se ha llegado a esta situación por un progresivo y generalizado aburguesamiento de los ciudadanos, de acuerdo a la definición hegeliana del burgués, como el hombre que no quiere abandonar la esfera sin riesgos de la vida privada apolítica.
Por eso, conviene recordar la advertencia del historiador Toynbee: el mayor castigo para quienes no se interesan por la política, es que serán gobernados por quienes sí se interesan.

Conferencia dictada el 20-11-2015, en la Legislatura de Córdoba, en acto de homenaje al Día de la Soberanía.
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Bibliografía:

Auel, Heriberto. “La Argentina en sus posguerras”, en AAVV.: Geopolítica Tridimensional Argentina; Buenos Aires, Eudeba, 1999.
Díaz Araujo, Enrique -Pithod, Abelardo - Randle, Patricio H. “Planeamiento y Nación”; OIKOS, Buenos Aires, l979, 191 pgs.
Mahieu, Jaime de. “El Estado comunitario”; Buenos Aires, Arayú, 1962.
Marinotti, Héctor Julio. “Prospectiva y planeamiento”  (www.ucalp.edu.ar)
Massé, Pierre. “El Plan o el antiazar”; Barcelona, Edit. Labor, l968, l72 pgs.
Ministerio de Planeamiento de la Nación. “Proyecto Nacional”; Documento de Trabajo aprobado por la Junta Militar el 2 de agosto de 1977; pg. 7-9/10.
Monti, Ángel. “Proyecto nacional; razón y diseño”; Buenos Aires, Paidos, 1972.
Ministerio de Planeamiento de la Nación. “Proyecto Nacional”; Documento de Trabajo aprobado por la Junta Militar el 2 de agosto de 1977; pg. 7-9/10.
Moreno, Antonio Federico. “El planeamiento y nuestra Argentina”; Buenos Aires, Corregidor, 1978.
 Perón, Juan. “Modelo Argentino” (El proyecto nacional, 1974); Buenos Aires, El Cid Editor, 6ta. edición, 1986, pgs. 72/92 - 135/136.
Sánchez Sorondo, Marcelo. “La Argentina no tiene Estado, sólo gobiernos”; Revista Militar, N° 728, 1993, pgs. 13/17.
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Anexo
ANTECEDENTES ARGENTINOS SOBRE  “PROYECTO NACIONAL”
Ordenados por fecha de publicación

1) Villegas, Osiris. “Políticas y estrategias para el Desarrollo y la Seguridad Nacional”; Buenos Aires, De. Pleamar, 1969, 285 pgs.
2) Villegas, Osiris. “El Proyecto Nacional”; Separata, Revista Militar nº 691 (s/f), pgs. l45/l60.
3) Junta de Comandantes en Jefe. “Políticas Nacionales”, Decreto Nacional Nº 46/70.
4) Monti, Ángel. “Proyecto Nacional”;  Buenos Aires, Ed. Paidos, l972, 293 pgs.
5) Perón, Juan Domingo. “El Proyecto Nacional” (Modelo Argentino); Buenos Aires, Ed. El Cid, l986, 150 pgs.
6) Fundación Argentina Año 2000 -Centros de Estudios Prospectivos. “Proyecto Nacional. Síntesis”; Buenos Aires, 1974, l6 pgs.
7) Guevara, Francisco. “Proyecto XXI”; Buenos Aires, Edit. Ancora, l975, 238 pgs.
8) Ministerio de Planeamiento de la Nación. “Proyecto Nacional”; Buenos Aires, l977, 83 pgs. (síntesis).
9) Arguindegui, Jorge Hugo. “La nueva República. Pautas para un Proyecto Nacional”; Buenos  Aires, l986, 36 pgs.
10) Seineldin, Mohamed Alí. “Bases para un Proyecto Nacional”; Buenos Aires,1990, 32 pgs.
11) Calcagno, Alfredo – Calcagno, Eric. “Argentina. Derrumbre neoliberal y proyecto nacional”; Buenos Aires, Capital Intelectual, 2003, 91 pgs.
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Boletín Acción, N° 154 -Noviembre 20 de 2015

viernes, 13 de noviembre de 2015

FUNCIONARIOS A NOMBRAR POR EL PRÓXIMO GOBIERNO




En vísperas de la última etapa de la elección presidencial, se ha conocido[1] que la alianza “Cambiemos”, que postula a Mauricio Macri, “se prepara para cubrir 10.000 cargos”. Se estima que el cambio de gobierno en varias jurisdicciones requerirá el nombramiento del número citado de  funcionarios:

Gobierno nacional:   2.300
Provincia de Buenos Aires: 2.500
En 64 Municipios de la Provincia: 3.200
Ciudad de Buenos Aires:    2.000

Este anuncio confirma lo que expresamos en otro trabajo[2]: el clientelismo en la cobertura de cargos públicos, ha desembocado en una dotación notoriamente sobredimensionada de 3.650.000 empleados en los tres niveles de gobierno. Por eso, para que el sector público argentino funcione con la eficacia que se necesita con urgencia para lograr el desarrollo del país, es imprescindible optar por un servicio civil basado en el mérito. 

El nuevo modelo de gestión, deberá quedar reflejado en la legislación; en la ley de Presupuesto, tendrá que detallarse el número de cargos de nivel político, que, para el nivel nacional, no debería superar la cantidad de 500 funcionarios, quedando fijada la obligación de cubrir todos los demás cargos por concurso de antecedentes y oposición.

La cifra indicada bastaría para cubrir los cargos de la actual estructura superior, ya de por sí excesiva[3]:

Ministros: 17
Secretarios: 73
Subsecretarios: 160
Organismos descentralizados: 77
Sociedades del Estado: 26
Total: 353

Para que no parezca exagerada la propuesta, conviene mencionar antecedentes de otros países:

*En Francia, el número de cargos excluidos de la carrera administrativa no pasa de 300, incluyendo a los subsecretarios parlamentarios, los miembros del gabinete de cada ministro, y parte de los miembros del Consejo de Estado.

*En Gran Bretaña, ese número se reduce a 100, incluyendo el Primer Ministro y los miembros del gabinete.

*En Japón, el Primer Ministro sólo puede designar 20 ministros y 4 asesores; los viceministros son de carrera.

No puede dejar de extrañar que en los 22 años que el gobierno nacional - desde la restauración constitucional en 1983- ha estado a cargo del mismo partido que en el presente, no se haya aplicado la orientación que señaló su fundador:

Contar con funcionarios estables, de la mayor capacidad, que permanezcan ajenos a los cambios políticos[4].




[1] La Nación, 5-11-2015.
[4] Perón, Juan. “Modelo Argentino para el proyecto nacional”; El Cid Editor, 1986.

martes, 22 de septiembre de 2015

SUBSIDIARIEDAD


La Asociación de Consorcios Camineros de la Provincia de Córdoba (ACCPC), acaba de publicar una separata en la Voz del Interior destacando la actividad que desarrollan estas entidades en nuestra provincia, desde hace seis décadas.

Los Consorcios Camineros son personas de Derecho Público, destinadas a realizar obras de construcción, conservación y mejoramiento de caminos de la red vecinal y la red secundaria (Ley 6233), en colaboración permanente con la Dirección Provincial de Vialidad.


El trabajo de los 287 Consorcios integrado por vecinos que eligen sus propias autoridades, permite el traslado de la producción de granos, lácteos, ganadería, frutihorticultura, y todo lo relacionado con la producción agropecuaria y agroalimentaria. 
El desarrollo de muchos pueblos del interior, es posible por la transitabilidad de los caminos que aseguran estas entidades; en total, son 56.000 kilómetros de caminos, atendidos por los consorcistas que trabajan sin fin de lucro, haciendo realidad el principio de subsidiariedad. 

OTRA ESTADÍSTICA FALSA DEL INDEC



Según un informe del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dado a conocer el 21/09, al cierre del segundo trimestre, el total de empleados estatales trepaba a 1.678.426  (Urgente24, 21-9-15). La cifra, desagregada, es la suma de las juridicciones: nacional, 571.546; provincial, 836.630; municipal, 119.862; y Ciudad de Buenos Aires, 150.264.

Llama la atención que, también en este rubro, las estadísticas oficiales difieran de las reales. En efecto, según la estimación del IARAF - Instituto Argentino de Análisis Fiscal, el total de agentes públicos asciende a 3.650.000, cifra que duplica la que ha dado a conocer el Indec (Clarín, 27-3-15).



jueves, 20 de agosto de 2015

GUÍA PARA LA ACCIÓN CÍVICA


En base a la Doctrina Social de la Iglesia


Benedicto XVI reconoció que: “Un gran problema de la Iglesia actual es la falta de conocimiento de la fe, el analfabetismo religioso” (Aciprensa, 24-2-2012). Más preocupante aún, es la actitud de quienes conocen la doctrina pero la cuestionan. Hay según el Papa Francisco, un grupo de cristianos alternativoslos que tienen siempre sus propias ideas, “que no quieren que sean como las de la Iglesia, tienen una alternativa”. (Radio Vaticano, 5-6-14)

Este problema se verifica en el plano de la política contemporánea, ya de por sí compleja, pues muchos católicos no actúan siguiendo los principios y criterios fijados por la doctrina social de la Iglesia. Algunos, por desconocimiento, y otros por discrepar con el Magisterio, sosteniendo que los documentos pontificios no son obligatorios en algunos puntos, en que, según alegan, difieren de la tradición de la Iglesia.

Por lo señalado, consideramos conveniente difundir un resumen de la doctrina, seleccionando párrafos de 20 documentos y de 7 pontífices .Agregamos un anexo como orientación práctica para las elecciones, siendo esta opinión personal del autor.

Sociedad

1. La persona humana necesita la vida social. Esta no constituye para ella algo sobreañadido sino una exigencia de su naturaleza. Por el intercambio con otros, la reciprocidad de servicios y el diálogo con sus hermanos, el hombre desarrolla sus capacidades.[1]
2. Una sociedad es un conjunto de personas ligadas de manera orgánica por un principio de unidad que supera a cada una de ellas. Manifiesta la tendencia natural que impulsa a los seres humanos a asociarse con el fin de alcanzar objetivos que exceden las capacidades individuales. [2]
3. En verdad, se debe afirmar que cada uno tiene deberes para con las comunidades de que forma parte y está obligado a respetar a las autoridades encargadas del bien común de las mismas. [3]

Autoridad

4. Toda comunidad humana necesita una autoridad que la rija. Esta tiene su fundamento en la naturaleza humana. Es necesaria para la unidad de la sociedad. Su misión consiste en asegurar en cuanto sea posible el bien común de la sociedad. Se llama "autoridad" la cualidad en virtud de la cual personas o instituciones dan leyes y órdenes a los hombres y esperan la correspondiente obediencia. [4]
5. La autoridad exigida por el orden moral emana de Dios: "Sométanse todos a las autoridades constituidas, pues no hay autoridad que no provenga de Dios, y las que existen, por Dios han sido constituidas. De modo que, quien se opone a la autoridad, se rebela contra el orden divino, y los rebeldes se atraerán sobre sí mismos la condenación" (Rm 13,1-2; cf 1 P 2,13-17). [5]
6. La autoridad sólo se ejerce legítimamente si busca el bien común del grupo considerado y si, para alcanzarlo, emplea medios moralmente lícitos. Si los dirigentes proclamasen leyes injustas o tomasen medidas contrarias al orden moral, estas disposiciones no pueden obligar en conciencia. [6]
7. Por bien común, es preciso entender "el conjunto de aquellas condiciones de la vida social que permiten a los grupos y a cada uno de sus miembros conseguir más plena y fácilmente su propia perfección". El bien común afecta a la vida de todos. Exige la prudencia por parte de cada uno, y más aún por la de aquellos que ejercen la autoridad. [7]
8. Si toda comunidad humana posee un bien común que la configura en cuanto tal, la realización más completa de este bien común se verifica en la comunidad política. Corresponde al Estado defender y promover el bien común de la sociedad civil, de los ciudadanos y de las instituciones intermedias. [8]
9. El poder político está obligado a respetar los derechos fundamentales de la persona humana. Y administrar humanamente justicia en el respeto al derecho de cada uno, especialmente de las familias y de los desheredados. Los derechos políticos inherentes a la ciudadanía pueden y deben ser concedidos según las exigencias del bien común. No pueden ser suspendidos por los poderes públicos sin motivo legítimo y proporcionado. El ejercicio de los derechos políticos está destinado al bien común de la nación y de la comunidad humana. [9]

Régimen político

10. Si la autoridad responde a un orden fijado por Dios, la determinación del régimen y la designación de los gobernantes han de dejarse a la libre voluntad de los ciudadanos. La diversidad de los regímenes políticos es moralmente admisible con tal que promuevan el bien legítimo de la comunidad que los adopta. [10]
11. La Iglesia, defensora de sus derechos y respetuosa de los derechos ajenos, juzga que no es competencia suya la declaración de la mejor forma de gobierno ni el establecimiento de las instituciones rectoras de la vida política de los pueblos cristianos. [11]
12. Cada uno de estos regímenes posee su forma propia que lo diferencia de los demás: el imperio, la monarquía y la república o democracia. Situándonos en el terreno de los principios abstractos, podemos llegar tal vez a determinar cuál de estas formas de gobierno, en sí mismas consideradas, es la mejor. En este orden especulativo de ideas, los católicos, como cualquier otro ciudadano, disfrutan de plena libertad para preferir una u otra forma de gobierno, precisamente porque ninguna de ellas se opone por sí misma a las exigencias de la sana razón o a los dogmas de la doctrina católica. [12]
13. Pero, al encarnarse en los hechos, los principios revisten un carácter de contingencia variable, determinado por el medio concreto en que se verifica su aplicación. Con otras palabras, si cada una de las formas políticas es buena en sí misma y aplicable al gobierno supremo de los pueblos, sin embargo, de hecho sucede que en casi todas las naciones el poder civil presenta una forma política particular. [13]
14. Juzgamos innecesario advertir que todos y cada uno de los ciudadanos tienen la obligación de aceptar los regímenes constituidos y que no pueden intentar nada para destruirlos o para cambiar su forma. [14]
15. Considerado a fondo en su propia naturaleza, el poder ha sido establecido y se impone para facilitar el bien común, razón suprema y origen de la humana sociedad. Lo diremos en otras palabras: en toda hipótesis, el poder político, considerado como tal, procede de Dios, y siempre y en todas partes procede exclusivamente de Dios. No hay autoridad sino por Dios (Rom. 13, 1). [15]
16. Por consiguiente, cuando de hecho quedan constituidos nuevos regímenes políticos, representantes de este poder inmutable, su aceptación no solamente es lícita, sino incluso obligatoria, con obligación impuesta por la necesidad del bien común, que les da vida y los mantiene. [16]

Democracia

17. La democracia, entendida en sentido amplio, admite distintas formas y puede tener su realización tanto en las monarquías como en las repúblicas. ¿Qué características deben distinguir a los hombres que viven en la democracia y bajo el régimen democrático? ¿Qué características deben distinguir a los hombres que en la democracia ejercen el poder público? Manifestar su propio parecer sobre los deberes y los sacrificios que le son impuestos; no estar obligado a obedecer sin haber sido escuchado: he ahí dos derechos del ciudadano que hallan en la democracia, como el mismo nombre lo indica, su expresión natural. [17]
18. El Estado democrático, sea monárquico o republicano, debe, como toda otra forma de gobierno, estar investido del poder de mandar con autoridad verdadera y eficaz. Una sana democracia, fundada sobre los inmutables principios de la ley natural y de las verdades reveladas, será resueltamente contraria a aquella corrupción que atribuye a la legislación del Estado un poder sin freno ni límites, y que hace también del régimen democrático, a pesar de las contrarias pero vanas apariencias, un puro y simple sistema de absolutismo. [18]
19. La Iglesia aprecia el sistema de la democracia, en la medida en que asegura la participación de los ciudadanos en las opciones políticas y garantiza a los gobernados la posibilidad de elegir y controlar a sus propios gobernantes, o bien la de sustituirlos oportunamente de manera pacífica. Por esto mismo, no puede favorecer la formación de grupos dirigentes restringidos que, por intereses particulares o por motivos ideológicos, usurpan el poder del Estado. Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de derecho y sobre la base de una recta concepción de la persona humana. Requiere que se den las condiciones necesarias para la promoción de las personas concretas, mediante la educación y la formación en los verdaderos ideales, así como de la “subjetividad” de la sociedad mediante la creación de estructuras de participación y de corresponsabilidad. [19]

Soberanía

20. La soberanía es una cualidad del poder político cuyo titular es un Estado independiente. El pueblo no es soberano, sino que lo es el Estado. [20] Por lo tanto, el principio de soberanía del pueblo citado en la Constitución Nacional (Arts. 33 y 37) responde a un criterio ideológico, y no tiene sustento científico. El Magisterio siempre lo ha rechazado:

21. Es importante advertir en este punto que los que han de gobernar los Estados pueden ser elegidos, en determinadas circunstancias, por la voluntad y juicio de la multitud, sin que la doctrina católica se oponga o contradiga esta elección. Con esta elección se designa el gobernante, pero no se confieren los derechos del poder. Ni se entrega el poder como un mandato, sino que se establece la persona que lo ha de ejercer. [21]

22. De aquella herejía [Reforma] nacieron en el siglo pasado una filosofía falsa, el llamado derecho nuevo, la soberanía popular y una descontrolada licencia, que muchos consideran como la única libertad. [22]

23. [La Iglesia] Ha condenado una democracia que llega al grado de perversidad que consiste en atribuir en la sociedad la soberanía al pueblo. [23]


Participación ciudadana

24. La participación es el compromiso voluntario y generoso de la persona en los intercambios sociales. Es necesario que todos participen, cada uno según el lugar que ocupa y el papel que desempeña, en promover el bien común. Este deber es inherente a la dignidad de la persona humana. [24]
25. Los ciudadanos deben cuanto sea posible tomar parte activa en la vida pública. Las modalidades de esta participación pueden variar de un país a otro o de una cultura a otra. Es de alabar la conducta de las naciones en las que la mayor parte posible de los ciudadanos participa con verdadera libertad en la vida pública. [25]
26. La Iglesia venera entre sus santos a numerosos hombres y mujeres que han servido a Dios a través de su generoso compromiso en las actividades políticas y de gobierno. Entre ellos, Santo Tomás Moro, proclamado Patrón de los Gobernantes y Políticos. [26]
27. Se equivocan los cristianos que, pretextando que no tenemos aquí ciudad permanente, pues buscamos la futura, consideran que pueden descuidar las tareas temporales, sin darse cuenta de que la propia fe es un motivo que les obliga al más perfecto cumplimiento de todas ellas, según la vocación personal de cada uno. [27]
28. Para animar cristianamente el orden temporal los fieles laicos de ningún modo pueden abdicar de la participación en la política. Las acusaciones de arribismo, de idolatría del poder, de egoísmo y corrupción que con frecuencia son dirigidas a los hombres del gobierno, del parlamento, de la clase dominante, del partido político, como también la difundida opinión de que la política sea un lugar de necesario peligro moral, no justifican lo más mínimo ni la ausencia ni el escepticismo de los cristianos en relación con la cosa pública. [28]
29. La política, tan denigrada, es una altísima vocación, es una de las formas más preciosas de la caridad, porque busca el bien común. [29]
30. Puede muy bien suceder que en alguna parte, por causas muy graves y muy justas, no convenga en modo alguno intervenir en el gobierno de un Estado ni ocupar en él puestos políticos. Pero en general, como hemos dicho, no querer tomar parte alguna en la vida pública sería tan reprensible como no querer prestar ayuda alguna al bien común. De lo contrario, si se abstienen políticamente, los asuntos públicos caerán en manos de personas cuya manera de pensar puede ofrecer escasas esperanzas de salvación para el Estado. [30]
31. El ciudadano tiene obligación en conciencia de no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando estos preceptos son contrarios a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del evangelio. El rechazo de la obediencia a las autoridades civiles, cuando sus exigencias son contrarias a las de la recta conciencia, tiene su justificación en la distinción entre el servicio de Dios y el servicio de la comunidad política. Cuando la autoridad pública, excediéndose en sus competencias, oprime a los ciudadanos, éstos no deben rechazar las exigencias objetivas del bien común; pero les es lícito defender sus derechos y los de sus conciudadanos contra el abuso de esta autoridad, guardando los límites que señala la ley natural y evangélica. [31]
32. La resistencia a la opresión de quienes gobiernan no podrá recurrir legítimamente a las armas sino cuando se reúnan las condiciones siguientes: 1) en caso de violaciones ciertas, graves y prolongadas de los derechos fundamentales; 2) después de haber ahotado todos los otros recursos; 3) sin provocar desórdenes peores; 4) que haya esperanza fundada de éxito; 5) si es imposible prever razonablemente soluciones mejores. [32]
33. La insurrección revolucionaria –salvo en caso de tiranía evidente y prolongada que atentase gravemente a los derechos fundamentales de la persona y dañase peligrosamente el bien común del país- engendra nuevas injusticias, introduce nuevos desequilibrios y provoca nuevas ruinas. No se puede combatir un  mal real al precio de un mal mayor. [33]
34. Queda, por tanto, bien claro que los católicos tienen motivos justos para intervenir en la vida política de los pueblos. No acuden ni deben acudir a la vida política para aprobar lo que actualmente puede haber de censurable en las instituciones políticas del Estado, sino para hacer que estas mismas instituciones se pongan, en lo posible, al servicio sincero y verdadero del bien público, procurando infundir en todas las venas del Estado, como savia y sangre vigorosas, la eficaz influencia de la religión católica. Así se procedía en los primeros siglos de la Iglesia. Las costumbres paganas distaban inmensamente de la moral evangélica. Sin embargo, en pleno paganismo, los cristianos, siempre incorruptos y consecuentes consigo mismos, se introducían animosamente dondequiera que podían. [34]

Rechazo de las ideologías

35. El cristiano que quiere vivir su fe en una acción política, concebida como servicio, tampoco puede adherirse sin contradicción a sistemas ideológicos que se oponen radicalmente o en los puntos sustanciales a su fe y a su concepción del hombre: ni a la ideología marxista, a su materialismo ateo (…) ni a la ideología liberal, que cree exaltar la libertad individual substrayéndola a toda limitación. [35]

Licitud moral del voto y obligación de ejercerlo

36. La sumisión a la autoridad y la corresponsabilidad en el bien común exigen moralmente el pago de los impuestos, el ejercicio del derecho al voto, la defensa del país. [36]
37. Recuerden, por tanto, todos los ciudadanos el derecho y al mismo tiempo el deber que tienen de votar con libertad para promover el bien común. [37]
38. A estos derechos corresponden otros tantos deberes; al derecho de voto el deber de votar, el deber de no dar vuestro sufragio sino a aquellos candidatos o a aquellas listas de candidatos que ofrecen, no promesas vagas y ambiguas, sino garantías seguras de que respetarán los derechos de Dios y de la Religión. Este deber es sagrado para vosotras; os obliga en conciencia; os obliga ante Dios, ya que con vuestra cédula electoral tenéis en la mano los superiores intereses de vuestra patria. [38]

Sistema electoral

39. Nuestra Constitución Nacional establece, en su Art. 37 que “el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio”, características que existen en la casi totalidad de los Estados contemporáneos, como manera de designar a los gobernantes. Que el sufragio sea universal, significa que todo ciudadano posee este derecho, con independencia de su raza, sexo, creencias o condición social. Pero, “a través del sufragio el pueblo no gobierna ni ejerce una supuesta soberanía o un poder político de los cuales sería titular, sino que participa políticamente en el régimen, expresando su opinión política”. [39] 
Como la doctrina social de la Iglesia se nutre de las ciencias humanas e “incorpora sus aportaciones” [40] es necesario tener en cuenta el significado correcto y actual de los conceptos que utilizan el derecho y la ciencia política.
40. Suele mencionarse una frase crítica del beato Pío IX: Sufragio universal, mentira universal[41] expresada en una alocución, a mediados del siglo XIX, como fundamento para justificar la abstención electoral.  Sin embargo, este Papa no incluyó en el Syllabus (Catálogo de errores modernos)  al sufragio universal -ni a la democracia-, entre los errores condenados. Tampoco lo hizo ninguno de los 11 sucesivos Pontífices.
41. Sufragio no es sinónimo de sistema electoral, éste se ocupa de reglamentar el sufragio fijando las condiciones de ejercicio del voto. En el sistema vigente en la Argentina, es posible encontrar aspectos defectuosos, que deberían ser perfeccionados para facilitar una mejor representación política y seleccionar a los mejores postulantes. Esto no exime a los católicos  de participar en la vida cívica. En los documentos del Magisterio citados (Catecismo, Gaudium et spes), se menciona la obligatoriedad de votar, en el marco del sufragio universal, que estaba plenamente vigente al momento de la publicación de dichos documentos.
42. Por lo tanto, no hay duda posible sobre la doctrina auténtica: “Todos pueden contribuir por medio del voto a la elección de los legisladores y gobernantes y, a través de varios modos, a la formación de las orientaciones políticas y las opciones legislativas que, según ellos, favorecen mayormente el bien común”.  [42]

Partidos políticos

43. Es perfectamente conforme con la naturaleza humana que se constituyan estructuras político-jurídicas que ofrezcan a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna y con perfección creciente, posibilidades efectivas de tomar parte libre y activamente en la fijación de los fundamentos jurídicos de la comunidad política, en el gobierno de la cosa pública, en la determinación de los campos de acción y de los límites de las diferentes instituciones y en la elección de los gobernantes.
El cristiano debe reconocer la legítima pluralidad de opiniones temporales discrepantes y debe respetar a los ciudadanos que, aun agrupados, defiendan lealmente su manera de ver. Los partidos políticos deben promover todo que a su juicio exige el bien común; nunca, sin embargo, está permitido anteponer intereses propios al bien común. [43]
44. La política partidista es el campo propio de los laicos. Corresponde a su condición laical el constituir y organizar partidos políticos, con ideología y estrategia adecuada para alcanzar sus legítimos fines. [44]
45. Es indudable que también en materia política existe una lucha honrada: cuando, quedando a salvo la verdad y la justicia, se lucha para que prevalezcan en la práctica las opiniones que parecen más acomodadas al bien común. [45]
46. Aun reconociendo la autonomía de la realidad política, los cristianos dedicados a la acción política se esforzarán por salvaguardar la coherencia entre sus opciones y el Evangelio y por dar, dentro del legítimo pluralismo, un testimonio personal y colectivo, de la seriedad de su fe mediante un servicio eficaz y desinteresado hacia los hombres. [46]

Doctrina del mal menor

47. La Iglesia se hace cargo maternalmente del grave peso de las debilidades humanas. Por esta causa, aun concediendo derechos sola y exclusivamente a la verdad y a la virtud, no se opone la Iglesia, sin embargo, a la tolerancia por parte de los poderes públicos de algunas situaciones contrarias a la verdad y a la justicia para evitar un mal mayor o para adquirir o conservar un mayor bien. Al ser la tolerancia del mal un postulado propio de la prudencia política, debe quedar circunscrita a los límites requeridos por la razón de esa tolerancia, esto es, el bien público. [47]
48. No está permitido hacer el mal para obtener un bien. [48] En el caso pues de una ley intrínsecamente injusta, como es la que admite el aborto o la eutanasia, nunca es lícito someterse a ella, ni participar en una campaña de opinión a favor de una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto. [49]
49. Cuando es forzoso escoger entre dos cosas, que en cada una de ellas hay peligro, aquélla se debe elegir de que menos mal se sigue. [50]
50. Un problema concreto de conciencia podría darse en los casos en que un voto parlamentario resultase determinante para favorecer una ley más restrictiva, es decir, dirigida a restringir el número de abortos autorizados, como alternativa a otra ley más permisiva ya en vigor o en fase de votación. En el caso expuesto, cuando no sea posible evitar o abrogar completamente una ley abortista, un parlamentario, cuya absoluta oposición personal al aborto sea clara y notoria a todos, puede lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública. En efecto, obrando de este modo no se presta una colaboración ilícita a una ley injusta; antes bien se realiza un intento legítimo y obligado de limitar sus aspectos inicuos. [51]
51. En cuanto al elector, debe votar por la mejor lista o por la menos mala, es decir, por aquella que contiene la mayor cantidad de candidatos buenos o, si no los hay, de los que sacrifiquen menos elementos esenciales para la vida del país.
Votar por un candidato menos malo, no es cooperar a un mal, es procurar un bien. [52]

Bienes no discutibles

52. Cuando la acción política tiene que ver con principios morales que no admiten derogaciones, excepciones o compromiso alguno, es cuando el empeño de los católicos se hace más evidente y cargado de responsabilidad. [53]
-el respeto y la defensa de la vida humana, desde su concepción hasta su fin natural,
-la familia fundada en el matrimonio entre hombre y mujer,
-la libertad de educación de los hijos
-y la promoción del bien común en todas sus formas.
De estos bienes no es lícito discutir. [54]

Obligación de actuar en el orden temporal

53. La Iglesia sabe bien que ninguna realización temporal se identifica con el reino de Dios, pero que todas ellas no hacen más que reflejar y en cierto modo anticipar la gloria de ese reino, que esperamos al final de la historia, cuando el Señor vuelva.
Aunque imperfecto y provisional, nada de lo que se puede y debe realizar mediante el esfuerzo solidario de todos y la gracia divina en un momento dado de la historia, se habrá perdido ni habrá sido en vano. [55]
54. Por tanto, no se justifican ni la desesperación ni el pesimismo ni la pasividad. 55. Aunque con tristeza, conviene decir que, así como se puede pecar por egoísmo, por afán de ganancia exagerada y de poder, se puede faltar también –ante las urgentes necesidades de unas muchedumbres hundidas en el subdesarrollo- por temor, indecisión y en el fondo por cobardía. [56]
56. Sería peligroso no reconocerlo: la apelación a la utopía es con frecuencia un cómodo pretexto para quien desea rehuir las tareas concretas refugiándose en un mundo imaginario. Vivir en un futuro hipotético es una coartada fácil para deponer responsabilidades inmediatas. [57]


Córdoba, Agosto de 2015.-









ANEXO
Orientación para las elecciones

Aplicando la doctrina del mal menor al tema eleccionario, el Prof. Palumbo  explica que: “En el caso concreto de una elección, al votarse por un representante considerado mal menor, no se está haciendo el mal menor, sino permitiendo el acceso de alguien que posiblemente, según antecedentes, lo hará”. [58]

En ocasiones, el ciudadano no tiene la posibilidad de elegir entre varios partidos, pues ninguno le ofrece garantías mínimas, al presentar plataformas que permiten prever acciones perjudiciales para la sociedad, o declaraciones de principios que contradicen la ley natural. En esos casos, tiene el deber de abstenerse de votar. Pero no es habitual que no haya ningún partido aceptable; por lo tanto, aunque no le satisfaga totalmente, debe votar al partido que parezca menos peligroso. Al proceder así, no está avalando aquellos aspectos cuestionables de su plataforma, sino, simplemente, eligiendo el mal menor.

Opción electoral

En base a lo expuesto, la opción electoral no resulta tan difícil, puesto que nuestra adhesión a los bienes no discutibles, y la información recopilada, nos van a indicar el camino correcto entre las distintas posibilidades:

1. Anular el voto: no resulta una opción válida, en ningún caso, y denota una actitud infantil de desquite imaginario contra los malos dirigentes.

2. Votar en blanco: debe distinguirse entre dos aspectos:
a) parcial: es decir, votar en blanco, para algunos niveles de gobierno o determinados cargos; esto es admisible, en muchas elecciones.
b) total: el voto en blanco para todos los cargos y niveles, únicamente puede admitirse en casos excepcionales, cuando todos los partidos y candidatos resulten inaceptables o peligrosos. Si tenemos en cuenta que habitualmente habrá que votar por cargos agrupados en 5 o más secciones, y optar entre una docena de partidos o frentes, según el distrito, es prácticamente imposible que no haya ningún candidato aceptable.

3. Abstenerse: si se da la situación descripta anteriormente, esta opción parece más lógica que concurrir al comicio para introducir en la urna un sobre vacío. Consideramos, que en la Argentina, hubo un sólo caso justificable para la abstención -o el voto en blanco total-, que fue la elección de convencionales constituyentes de 1957, en que un gobierno de facto prohibió la participación del partido mayoritario.
Es inaceptable esta opción cuando está en juego una decisión crucial para la comunidad. Un ejemplo reciente ilustra al respecto: en un referéndum sobre el aborto, realizado en Portugal, el 56 % de los ciudadanos se abstuvo; esto permitió que los partidarios del aborto obtuvieran la mayoría de los votos positivos, y si bien no se alcanzó el mínimo legal requerido, el gobierno quedó fortalecido y pudo aprobar la ley respectiva en el Parlamento.

4. Voto positivo: puede desagregarse esta opción en varias alternativas:
1. Votar por un partido que satisface íntegramente, para todos los niveles.
2. Votar a varios partidos simultáneamente, seleccionando los mejores candidatos en cada caso.
3. Votar a un partido y/o candidato, pese a merecer objeciones, aplicando la doctrina del mal menor. Para el caso de una doble vuelta en la elección de Presidente, cabe la siguiente recomendación:

“Entre dos malos candidatos, no habrá que abstenerse, a no ser que ambos sean detestables. Esta igualdad absoluta no se verifica nunca, pues sin hablar de las diferentes aptitudes personales de los candidatos, la mayoría de las veces, uno de entre ellos procurará obtener el apoyo de los hombres de bien, y esa será la ocasión de sacar el mayor partido posible del concurso que nos hemos visto obligados a prestarle”. [59]

Conclusión

La participación en la vida cívica incluye varias acciones, pero el modo más simple y general de participar en un sistema republicano, es el ejercicio del voto, y ninguna causa justifica el abstencionismo político pues equivale a no estar dispuesto a contribuir al bien común de la propia sociedad. Si, como afirma Aristóteles, es imposible que esté bien ordenada una polis que no esté gobernada por los mejores sino por los malos, resulta imprescindible la participación activa de los ciudadanos para procurar seleccionar a los más aptos y honestos para el desempeño de las funciones públicas. Consideramos que en esta compleja actividad, resulta necesario utilizar la antigua doctrina del mal menor, como aplicación concreta de la virtud de la prudencia que debe regir la acción política.






[1] Catecismo, 1879.
[2] Ídem, 1880 y 1882.
[3] Ídem, 1880.
[4] Ídem, 1898.
[5] Idem, 1899.
[6] Idem, 1903.
[7] Idem, 1906.
[8] Idem, 1910.
[9] Idem, 2237.
[10] Ídem, 1901.
[11] León XIII. Enc. Sapientiae chistianae, 10-1-1890, p. 15.
[12] León XIII. Enc. Au milieu des solicitudes, 16-3-1892, p. 15.
[13] Idem, p. 16.
[14] Idem, p. 17.
[15] Idem, p. 22.
[16] Ídem, p. 23.
[17] Pío XII. Radiomensaje Benignitas et humanitas, 24-12-1944, p. 12 y 14.
[18] Ídem, p. 20 y 28.
[19] Juan Pablo II. Enc. Centesimus annus, 1-5-1991, p. 46.
[20] Badeni, Gregorio. “Reforma constitucional e instituciones políticas”; Buenos Aires, Ad-Hoc, 1994, pg. 195.
[21] León XIII. Enc. Diuturnum illud, 29-6-1881, p. 4.
[22] Diuturnum illud, p. 17.
[23] San Pío X. Enc. Notre charge apostolique, 25-8-1910, p. 9.
[24] Catecismo, 1913.
[25] Catecismo, 1915.
[26] Congregación para la Doctrina de la Fe. “Nota Doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política”, 24-11-2002, p. 1.
[27] Ídem, p. 9.
[28] Juan Pablo II. Exhortación Apostólica post-sinodal Christifideles laici, 30-12-1988, p. 42.
[29] Francisco. Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium, 24-11-2013, p. 205.
[30] León XIII, Enc. Immortale Dei, 1-11-1985, p. 22.
[31] Catecismo, 2242.
[32] Ídem, 2243.
[33] Pablo VI. Enc. Populorum progressio, 26-3-1967, p. 31.
[34] Immortale Dei, p. 22.
[35] Pablo VI. Carta Apostólica Octogesima adveniens, 14-5-1971, p. 26.
[36] Catecismo, 2240.
[37] Constitución Gaudium et spes, 7-12-1965, p. 75.
[38] Pío XII. Alocución a las jóvenes de Roma, 12-5-1946.
[39] Bidart Campos, Germán. “Lecciones elementales de política”; Buenos Aires, EDIAR, 1973, p. 372.
[40] Centesimus annus, p. 59.
[41] Pío IX. Alocución Maxima quidem, 9-6-1862.
[42] Nota Doctrinal, op. cit., p. 1.
[43] Gaudium et spes, p. 75.
[44] III Conferencia General del Episcopado Latinoamericano. Documento de Puebla, 1979, p. 524.
[45] Sapientiae christianae, p. 15.
[46] Octogesima adveniens, 14-5-1971, p. 46.
[47] León XIII, Enc. Libertas praestastissimum 28-6-1888, p. 23.
[48] Catecismo, p. 1756.
[49] Juan Pablo II. Enc. Evangelium vitae, 25-3-1995, p. 73.
[50] Santo Tomás. “Del gobierno de los príncipes”; Buenos Aires, Editorial Cultura, 1945, Volumen Primero, pg. 35.
[51] Evangelium vitae, p. 73. El mismo caso se plantea en: Congregación para la Doctrina de la Fe, “Consideraciones sobre los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuales”; 3-6-2003, p. 10.
[52] Reglas para elegir entre los candidatos. Aprobadas por la Asamblea de Cardenales y Arzobispos de Francia, 1935: P. Lallement. “Principios de Acción Cívica”; Buenos Aires, Ed. Santa Catalina, 1950, pgs. 218/221.
[53] Nota Doctrinal, op. cit., p. 4.
[54] Benedicto XVI. Exhortación Apostólica Sacramentum charitatis, 2007, p. 83.
[55] Juan Pablo II. Enc. Sollicitudo rei socialis, 30-12-1987, p. 48.
[56] Sollicitudo rei socialis, p. 47.
[57] Octogesima adveniens, p. 37.
[58] Palumbo, Carmelo. “Guía para un estudio sistemático de la Doctrina Social de la Iglesia”; Buenos Aires, CIES, 2004, pg. 150.

[59] Reglas para elegir éntrelos candidatos. Aprobadas por la Asamblea de Cardenales y Arzobispos de Francia, 1935.