lunes, 26 de noviembre de 2012

Reforma constitucional y contenidos pétreos




Con motivo de los intentos del actual gobierno de modificar la Constitución Nacional, es oportuno recordar algunos conceptos generalmente aceptados entre los constitucionalistas (*).

De todo un repertorio de ideas, principios y realidades que la tradición histórica prolongaba, nuestra constitución consolidó implícitamente determinados contenidos a los que atribuimos carácter pétreo.
Decir que hay contenidos pétreos en nuestra constitución significa afirmar que mientras se mantenga la fisonomía de nuestra comunidad y mientras la estructura social subyacente siga siendo fundamentalmente la misma, dichos contenidos no podrán ser válidamente alterados o abolidos por ninguna reforma constitucional. Podrán, acaso, ser objeto de modificación y reforma, pero no de destrucción o supresión.

Entre los contenidos pétreos citamos:
a) la democracia como forma de estado, basada en el respeto y reconocimiento de la dignidad del hombre, de su libertad y de sus derechos;
b) el federalismo como forma de estado, que descentraliza al poder con base territorial;
c) la forma republicana de gobierno, como opuesta a la monarquía;
d) el reconocimiento de la existencia de Dios, “fuente de toda razón y justicia”.
Esta definición, contenida en el Preámbulo,  demuestra que nuestro régimen es teísta; no ateo ni neutro. Valora la religión como factor de cultura, y dentro de esa religiosidad, acogerá en el articulado de la constitución al catolicismo como religión preferida. De allí que el Código Civil otorgue a la Iglesia Católica la categoría de persona jurídica de derecho público, y de existencia necesaria.

Si se alteraran sustancialmente estos contenidos, se estaría suplantando -por otra estructura estatal-  la República Argentina, basada en los valores mencionados y en los “pactos preexistentes” que dieron origen a la sociedad política encuadrada jurídicamente en la Constitución de 1853.

Córdoba, 25-11-12

Mario Meneghini

(*) Resumimos lo escrito en: Bidart Campos, Germán. “Manual de Derecho Constitucional Argentino”; Buenos Aires, EDIAR, 1972.



viernes, 26 de octubre de 2012

Aclaración que confunde




Nos referimos a las declaración del Secretario de la Conferencia Episcopal Uruguaya, que se transcribe más abajo. Dejando de lado la cuestión de la pena canónica que corresponda a los fieles en este caso concreto, lo importante es que no se recuerda de manera suficiente la obligación de los políticos católicos de oponerse al aborto.

1. Juan Pablo II expresó: “con la autoridad que Cristo confirió a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con todos los Obispos …declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente” (Evangelium vitae,  1995, 62).

2. “También la nueva legislación canónica se sitúa en esta dirección cuando sanciona que quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae, es decir, automática. La excomunión afecta a todos los que cometen este delito conociendo la pena, incluidos también aquellos cómplices sin cuya cooperación el delito no se hubiera producido” (idem, 62).

2. “En el caso pues de una ley intrínsecamente injusta, como es la que admite el aborto o la eutanasia, nunca es lícito someterse a ella, ni participar en una campaña de opinión a favor de una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto” (idem, 73).

3. La Nota Doctrinal dedicada a los católicos en la vida pública, ratifica: “que quienes se comprometen directamente en la acción legislativa tienen la precisa obligación de oponerse a toda ley que atente contra la vida humana” (Congregación para la Doctrina de la Fe, 2002, 4).

Córdoba, 26-10-12
Mario Meneghini


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Uruguay: Mons. Bodeant aclara que legisladores que aprobaron aborto no están excomulgados


El Secretario General de la Conferencia Episcopal Uruguaya (CEU), Mons. Heriberto Bodeant, aclaró "que los legisladores católicos que votaron la ley que despenaliza el aborto no fueron ni quedan excomulgados por la Iglesia".

Según informa el sitio web del Episcopado, el Prelado hizo esta precisión a Radio Carve, donde dijo "que la excomunión cabe en las personas católicas que tienen una actuación directa en la realización de un aborto, lo que no incluye a quienes votan una ley que lo favorece".

Estas declaraciones se dan luego de las informaciones que circularon en varios medios, como el artículo publicado el 18 de octubre por el diario El Observador, según el cual, Mons. Bodeant había afirmado "que los legisladores que votaron este miércoles (17 de octubre) por la despenalización del aborto se apartan de las creencias de la Iglesia Católica, por lo que quedan excomulgados".

"La excomunión automática es para quien colabora en la ejecución de un aborto de manera directa, y directa es que se haga ese acto en concreto. (...) Si un católico vota (una ley) con una manifiesta intención de que le parece que la iglesia está mal en eso, se aparta él mismo de la comunión de la iglesia", explicó el Secretario del Episcopado al mencionado diario.

"Hubo confusión"

Según el sitio web de la CEU, "la confusión se generó tras una entrevista televisiva efectuada al otro día de la aprobación en el Senado del proyecto de ley que despenaliza el aborto, en la que el Obispo fue consultado sobre el tema de la excomunión en términos generales y no concretamente respecto a los legisladores".

"El Obispo en ningún momento de la entrevista dijo que los legisladores estaban excomulgados, sino que respondió a una pregunta genérica sobre la excomunión en casos de aborto basándose en el derecho canónico (canon 1398) que establece que `Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae’", añadió.

"Por tanto, fue una inferencia errónea de las palabras del Obispo la que dio lugar a la afirmación: ‘Iglesia excomulgó a quienes votaron despenalizar el aborto’, reproducida, inmediatamente, por varios medios de comunicación nacionales e internacionales", finalizó el sitio web del Episcopado.

MONTEVIDEO, 24 Oct. 12 / 12:06 pm (ACI/EWTN Noticias).-

jueves, 25 de octubre de 2012

No existe la soberanía, pues no existe el Estado




Mario Meneghini*

Desde hace un tiempo se ha extendido la preocupación por la supuesta pérdida o disminución de la soberanía de los estados nacionales.
Se parte de un error conceptual, pues la soberanía no es otra cosa que la cualidad del poder estatal que consiste en ser supremo en un territorio determinado y no depender de otra normatividad superior. No es susceptible de grados. Existe o no. Por lo tanto, carece de sentido mencionar la “disminución” de soberanía de los estados contemporáneos.
Lo que puede disminuir o incrementarse es el poder propiamente dicho, es decir, la capacidad efectiva de hacer cosas, de resolver problemas e influir en la realidad. Entonces, lo que nos debe interesar es si existe el Estado argentino, pues si no es así, obviamente resulta superfluo pretender “defender” o “recuperar” la soberanía.

Sostiene Marcelo Sánchez Sorondo que todo Estado incluye un gobierno, pero no todo gobierno implica que exista un Estado.
El Estado es una entidad jurídico-política que surge recién en una etapa de la civilización, como complejo de organismos, al servicio del bien común. Supone una delimitación explícita del poder discrecional. Si un gobernante puede afirmar “el Estado soy yo”, queda demostrada la inexistencia del Estado. Pues la hipertrofia del poder personal, sin frenos, es un síntoma de la ausencia de un Estado.
El gobierno no encuadrado en un Estado es errático y caprichoso; sirve únicamente para el enriquecimiento y la influencia individual de los gobernantes, que no pueden lograr el funcionamiento eficaz de la estructura gubernamental.
De allí la paradoja de culpar al Estado de todos los problemas, cuando el origen de los problemas es la ausencia del Estado.

Tres funciones.
En síntesis, la Argentina no tiene Estado; sólo gobiernos. Más allá de las formalidades constitucionales y del tipo de gobierno establecido, puede definirse al Estado como el órgano de síntesis, previsión y mando de una sociedad territorialmente delimitada, que procura el bien común.
Es decir que sólo puede calificarse de Estado a aquel que cumple las tres funciones básicas señaladas.

1) La función de síntesis. La unidad social es el resultado de la interacción de las diversas fuerzas sociales constitutivas, síntesis en constante elaboración por los cambios que se producen en los grupos y en el entorno.
La superación de los antagonismos internos no surge de manera espontánea; es el resultado de un esfuerzo consciente por afianzar la solidaridad sinérgica a cargo del Estado.
El poder estatal tendrá legitimidad en la medida en que cumpla dicha función, garantizando la concordia política.

2) La función de planeamiento. El Estado centraliza la información que le llega de los grupos sociales, recopila sus problemas, necesidades y demandas.
Con mayor o menor intensidad, según el modelo gubernamental elegido, es en el marco del Estado donde debe realizarse el planeamiento global que establezca las metas y las prioridades en el proceso de desarrollo integral de la sociedad.
Por cierto que la autoridad pública no debe realizar todo por sí misma, pero mediante el planeamiento debe animar, estimular, coordinar, suplir e integrar la acción de los individuos y de los cuerpos intermedios.

3) La función de conducción. La esencia de la misión del Estado es el ejercicio de la autoridad pública. La facultad de tomar decisiones definitivas e inapelables está sustentada en el monopolio del uso de la fuerza y se condensa en el concepto de soberanía.
El gobernante posee una potestad suprema, en su orden, pero no indeterminada ni absoluta. El poder se justifica en razón del fin para el que está establecido y se define por este fin: el bien común temporal.
Si un Estado no posee, en acto, estas tres funciones, ha dejado de existir como tal o ha efectuado una transferencia de poder en beneficio de organismos supraestatales o de actores privados, o de otro Estado.
Esta es, precisamente, la situación argentina desde hace cuatro décadas, en que quedaron afectadas las tres funciones básicas.

Acentuando la crisis, el actual Gobierno nacional ha debilitado todas las instituciones, impedido el federalismo y exacerbado la concentración del poder en una sola persona.
En conclusión, si es correcto el análisis, la prioridad absoluta consiste en restaurar el Estado y procurar que actúe eficazmente al servicio del bien común.
Para ello, debe encararse con seriedad la preparación de un proyecto nacional y la constitución de equipos aptos para aplicarlo.

*Doctor en Ciencia Política, miembro de Esperanza Federal.

La Voz del Interior, 25-10-12


martes, 2 de octubre de 2012

No existe soberanía, pues no existe el Estado




Mario Meneghini *

Desde hace un tiempo se ha extendido la preocupación por la supuesta pérdida o disminución de la soberanía de los Estados nacionales[1]. Se parte de un error conceptual, pues la soberanía no es otra cosa que la cualidad del poder estatal que consiste en ser supremo en un territorio determinado y no depender de otra normatividad superior[2]. No es susceptible de grados; existe o no. Por lo tanto, carece de sentido mencionar la “disminución” de soberanía de los Estados contemporáneos. Lo que puede disminuir o incrementarse es el poder propiamente dicho, es decir, la capacidad efectiva de hacer cosas, de resolver problemas e influir en la realidad. Entonces, lo que nos debe interesar es si existe el Estado argentino, pues, si no es así, obviamente resulta superfluo pretender “defender” o “recuperar” la soberanía.

El Dr. Marcelo Sánchez Sorondo ha estudiado el tema[3], y conviene conocer su argumentación. Sostiene este autor, que todo Estado incluye un gobierno, pero no todo gobierno implica que existe un Estado. El Estado es una entidad jurídico-política, que surge recién en una etapa de la civilización, como complejo de organismos, al servicio del bien común. Supone una delimitación explícita del poder discrecional; si un  gobernante puede afirmar “el Estado soy yo”, queda demostrada la inexistencia de un Estado. Pues la hipertrofia del poder personal, sin frenos, es un síntoma de la ausencia de un Estado.

En toda institución -y el Estado es la de mayor envergadura en un territorio determinado-, el dirigente se subordina a la finalidad perseguida y a las normas establecidas. “No hay Estado si el contexto político y el orden jurídico que lo encuadran son una ficción y por momentos una superchería. Cuando el poder no se emplaza en la órbita de las instituciones sino que se adscribe a una tipología grupal o meramente personal, entonces no se alcanza ese nivel de civilización política que implica la existencia en plenitud, la plenipotencia del Estado”[4]. El gobierno no encuadrado en un Estado, es errático y caprichoso; sirve únicamente para el enriquecimiento e influencia individual de los gobernantes, que no pueden lograr el funcionamiento eficaz de la estructura gubernamental. De allí la paradoja de culpar al Estado de todos los problemas, cuando el origen de los problemas es la ausencia del Estado.

En síntesis, la Argentina no tiene Estado, sólo gobiernos. Pero, para intentar demostrar esta tesis, es necesario profundizar en las notas características que distinguen a un Estado contemporáneo, más allá de las formalidades constitucionales y del tipo de gobierno establecido. Para ello, utilizaremos el esquema del Profesor de Mahieu[5] quien define al Estado como el órgano de síntesis, previsión y mando, de una  sociedad territorialmente delimitada, que procura el bien común. Es decir, que sólo puede calificarse de Estado, aquel que cumple las tres funciones básicas señaladas.[6]

1. La función de síntesis. La unidad social es el resultado de la interacción de las diversas fuerzas sociales constitutivas, síntesis en constante elaboración por los cambios que se producen en los grupos y en el entorno. La superación de los antagonismos internos no surge espontáneamente; es el resultado de un esfuerzo consciente por afianzar la solidaridad sinérgica a cargo del Estado. A semejanza del director de orquesta, es el Estado el que logra crear “una melodía social unitaria y armoniosa”[7]. El poder estatal tendrá legitimidad en la medida en que cumpla dicha función, garantizando la concordia política.

2. La función de planeamiento. El Estado centraliza la información que le llega de los grupos sociales; recopila sus problemas, necesidades y demandas. Los datos son procesados y extrapolados en función de los fines comunes, fijados en la Constitución Nacional y en otros documentos, que señalan los objetivos políticos y los valores que identifican a un pueblo. Con mayor o menor intensidad, según el modelo gubernamental elegido, es en el marco del Estado donde debe realizarse el planeamiento global que establezca las metas y las prioridades en el proceso de desarrollo integral de la sociedad, en procura del Bien Común. Por cierto que, en una concepción jusnaturalista, el planeamiento estatal sólo será vinculante para el propio Estado, y meramente indicativo para el sector privado. La autoridad pública no debe realizar ni decidir por sí misma “lo que puedan hacer y procurar las comunidades menores e inferiores”, en palabras de Pío XI. Pero, debido a la complejidad de los problemas modernos, el principio de subsidiariedad resulta insuficiente para resolverlos sin la orientación del Estado, que mediante el planeamiento se dedique a “animar, estimular, coordinar, suplir e integrar la acción de los individuos y de los cuerpos intermedios”[8].

3. La función de conducción. La esencia de la misión del Estado es el ejercicio de la autoridad pública. La facultad de tomar decisiones definitivas e inapelables, está sustentada en el monopolio del uso de la fuerza, y se condensa en el concepto de soberanía. El gobernante posee una potestad suprema, en su orden, pero no indeterminada ni absoluta. El poder se justifica en razón del fin para el que está establecido y se define por este fin: el Bien Común temporal.

Si un Estado no posee, en acto, estas tres funciones, ha dejado de existir como tal o ha efectuado una transferencia de poder en beneficio de organismos supraestatales, o de actores privados, o de otro Estado.
Esta es, precisamente, la situación argentina, pudiendo citarse la opinión de tres intelectuales de diferente posición:

* Dr. Jorge Vanossi (siendo Ministro de Justicia): “La Argentina es un Estado debilucho, que está al borde de la anomia...”(La Nación, 17/3/02).
* Dr. Manuel Mora y Araujo: “...el Estado argentino no funciona. No cumple su papel, no brinda a la sociedad los servicios que se esperan de él...”(La Nación, 20/3/02).

* Dr. Natalio Botana: “...podemos llegar a una conclusión provisoria muy preocupante: que tenemos una democracia en un país sin Estado y sin moneda.” (Clarín, 28/4/02).

Como hipótesis, nos animamos a decir que el Estado argentino dejó de funcionar como tal a partir de junio de 1970, con la caída del Gral. Onganía. Aplicando, sintéticamente, el esquema teórico expuesto, podemos advertir que en  la fecha indicada resultaron afectadas las tres funciones básicas:

Síntesis: a fines de la década del 60 comienzan enfrentamientos y disturbios sociales graves, que culminan en una guerra civil. En mayo de 1969 se produce el Cordobazo, y un año más tarde, el secuestro y asesinato del Gral. Aramburu. Del presente, baste citar: 900.000 jóvenes que no estudian ni trabajan; 12 millones de pobres y 5 millones de indigentes; promedio de condenas por delitos cometidos en la última década, 3,2%.

Planeamiento: En 1966 se aprobó el Sistema Nacional de Planeamiento, que demostró su eficacia al fijar, por primera vez en el país, las Políticas  Nacionales (Decreto 46/70). Desde el 8 de junio de 1970, con el desplazamiento de Onganía, dejó de aplicarse el planeamiento como instrumento de gobierno, hasta el presente.

Conducción: Al aceptarse la renuncia del Gral. Onganía, el 8 de junio de 1970 asume el poder político la Junta de Comandantes en Jefe. El Proceso de Reorganización Nacional formalizó a la Junta Militar como órgano supremo, con lo que, durante 7 años la jefatura del Estado dejó de ser individual y se convirtió en triunvirato. De estos antecedentes, en que el poder ejecutivo, pese a tratarse de gobiernos de facto, no estaba centralizado  -lo que explica muchas de las situaciones vividas en esos años-, se pasó a una creciente personalización del poder.
El actual gobierno nacional, ha debilitado todas las instituciones, impedido el federalismo, y exacerbado la concentración del poder en una sóla persona.

En conclusión, si es correcto el análisis, la prioridad absoluta consiste en restaurar el Estado, y procurar que actúe eficazmente al servicio del bien común. Ello no ocurrirá como consecuencia necesaria de elaborar un buen diagnóstico. Por eso, decía Don Ricardo Curutchet: “No basta con denunciar que se pierde la Argentina, es necesario actuar para contribuir a salvarla”.
Es insensato confiar en que, precisamente en el momento más difícil de la historia nacional, podrá producirse espontáneamente un cambio positivo. Sólo podrá lograrse si un número suficiente de argentinos con vocación patriótica, se decide a actuar en la vida pública buscando la manera efectiva de influir en ella.
Un dirigente político no puede limitarse a exponer los principios de un orden  social abstracto. La doctrina tiene que estar encarnada en hombres que cuenten con el apoyo de muchos, formando una corriente de opinión favorable a la aplicación de la doctrina. Debe encararse con seriedad la preparación de un Proyecto Nacional y la constitución de equipos aptos para aplicarlo.

*Dr. en Ciencia Política. Miembro de Esperanza Federal

[1]  Toffler, Alvin y Heidi: La Soberanía ya no es lo que era, La Nación, 24/10/02, p. 17
[2]  Bidart Campos, Germán: Doctrina del Estado Democrático, Bs., As., Ed. Jurídicas Europa-América, 1961, p. 55-66
[3]  Sánchez Sorondo, Marcelo: La Argentina no tiene Estado, sólo Gobiernos, Revista Militar Nº 728, 1993, p. 13-17
[4]  Sánchez Sorondo, Marcelo: op. cit., p. 14
[5]  de Mahieu, José María: El Estado Comunitario, Bs., As., Arayú, 1962
[6]  Analizamos ya este tema en: “El Estado Argentino en el Mundo Globalizado”, Boletín ACCION Nº 52, junio 2001
[7]  de Mahieu: op. cit., p. 92
[8] Pablo VI: Enc. Populorum Progressio, 1967, § 33

domingo, 16 de septiembre de 2012

Malvinas:




LAS CAUSAS INMEDIATAS DE LA GUERRA [1]

Mario Meneghini

I. Introducción

Agradezco la presentación del Coronel Picciuolo, que me honra con su amistad,  y la distinción que me ha efectuado la Academia. Cuando tuve oportunidad de leer el libro San Martín en Córdoba, de don Efraín Bischof, no podía imaginar que algún día tendría el honor de compartir con este prestigioso historiador la representación de Córdoba ante esta Academia. Hoy, al filo de los cien años, don Efraín mantiene sus inquietudes, manifestadas en reportajes y crónicas periodísticas, para ejemplo de las nuevas generaciones.

Es obvio que no soy un historiador; no obstante, mi actividad de investigar la realidad política argentina me obliga a escudriñar el pasado para entender mejor el presente. Al hacerlo, debo esforzarme en lograr la mayor objetividad utilizando los criterios de la disciplina histórica, que tiene, al decir de Menéndez Pelayo, “en quien honradamente la profesa, cierto poder elevado y modelador que acalla el tumulto de las pasiones hasta cuando son generosas y de noble raíz”, puesto que “la materia de la historia está fuera del historiador, a quien con  ningún pretexto es lícito deformarla”[2].

Me pareció oportuno destinar esta comunicación al análisis de los motivos y circunstancias del comienzo de la guerra de Malvinas en 1982. Con motivo de cumplirse este año el trigésimo  aniversario de la recuperación de las islas, considero necesario procurar desentrañar la verdad de lo sucedido, puesto que el tiempo transcurrido y la multiplicidad de opiniones discordantes produce confusión y lleva al desaliento en la sociedad argentina; de allí la necesidad de un análisis integral, a través de una investigación bibliografica que permita llegar a conclusiones plausibles y fundamentadas[3]. Es posible, afirmaba Ricardo Paz sobre el tema, “siguiendo estas huellas confusas, llegar a conclusiones ciertas sobre lo esencial del conflicto”; puesto que “la política, sobre todo la política exterior, tienen poco de esotérico”[4]. Ernesto Palacio reflexiona que “toda historia es una síntesis, y la labor de quien la emprende se asemeja a la del minero empeñado en extraer de un material turbio el precioso filón, siguiendo la dirección de la veta”[5] .
En esta exposición, me ocuparé únicamente de rastrear los motivos que condujeron a que se produjera el enfrentamiento bélico, describiendo los hechos ocurridos entre el 16 de diciembre de 1981 y el 2 de abril de 1982.

Pese a la cantidad de obras publicadas, una cierta proporción de las mismas no resulta confiable para un análisis serio, en razón de no haber examinado todos los aspectos involucrados, o estar teñidas de una posición ideológica.  En esta categoría incluimos el llamado informe Rattembach pese que abarca un total de diecisiete volúmenes. En efecto, la propia Comisión creada por el Poder Ejecutivo Nacional este año, por Decreto Nº 200/12, para revisar el material antes de darlo a publicidad, luego de treinta años de permanecer en secreto, afirma que parte de los documentos constituyen “apreciaciones a título personal”, y “revelan de parte de sus autores ignorancia o desconocimiento de elementos sustanciales de la controversia”. A ello debe agregarse que el mismo presidente de la comisión, Teniente General Benjamín Rattenbach, efectua esta  aclaración agregada a mano en el folio 291: “Firmo en disidencia, porque estando de acuerdo con el contenido de este informe, inclusive la definición de responsabilidades, no estoy de acuerdo con su orientación, su estructura, su extensión y el tiempo invertido para su presentación”[6].
En cambio, resulta de suma importancia el llamado Informe Franks, confeccionado por una Comisión de Consejeros de la Corona  presidida por Lord Franks, y publicada en enero de 1983; citaré a menudo este antecedente británico[7].

II. Derechos argentinos

1. Sobre los derechos argentinos respecto a las islas Malvinas y archipiélagos adyacentes, nos remitimos al dictamen redactado por el Dr. Ricardo Zorraquín Becú, y aprobado por la Academia Nacional de la Historia en sesión del 11 de agosto de 1964, ratificado en mayo de 1982. Resumiendo las conclusiones, el reclamo argentino se funda históricamente en las siguientes razones:
a) Las soberanía española de las islas, derivada de la concesión pontificia y de la ocupación de territorios en el Atlántico Meridional. Inglaterra reconoció esa soberanía al comprometerse a no navegar ni comerciar en los mares del Sud (tratados de 1670, 1713 y subsiguientes).
b) La continuidad jurídica de la República Argentina con respecto a todos los derechos y obligaciones heredados de España, que renunció por el tratado del 21 de setiembre de 1863 a la soberanía, derechos y acciones que le correspondían.
c) La ocupación pacífica y exclusiva del archipiélago por la Argentina desde 1820 hasta el 2 de enero de 1833, en que sus autoridades fueron desalojadas por la fuerza.

III. El concepto de guerra justa

La mayoría de las críticas sobre lo ocurrido en 1982, no ponen en duda los derechos argentinos sobre el territorio en disputa, sino que se refieren a la decisión misma de recuperarlo por la fuerza, considerando que fue un acto irracional, que no debió haber sucedido, por el riesgo que implicaba enfrentar a una potencia.
Esto nos lleva a analizar, en primer lugar, las condiciones para que una guerra pueda justificarse. La doctrina clásica, compendiada por Santo Tomás de Aquino, enseña que a veces puede ser justa cuando se cumplen ciertos requisitos. La misma razón que puede justificar la legítima defensa individual mediante el uso de la fuerza contra el agresor, puede justificar la defensa de la comunidad política mediante el uso de la fuerza, cuando sea injustamente atacado por el gobierno de otro Estado. A pesar de las consecuencias graves de toda contienda bélica, “la guerra justa da al Estado el derecho de tomar todas las medidas necesarias para rechazar la agresión del enemigo”.
Sto. Tomás fija las condiciones básicas para que sea admisible una guerra: autoridad competente para declarar la guerra e iniciar las hostilidades, recta intención de tal autoridad, medios legítimos, y causa justa[8].

El Catecismo de la Iglesia Católica (Nº 2309), siguiendo la doctrina clásica, actualiza y completa los requisitos para que exista legítima defensa mediante la fuerza militar; es preciso a la vez:

1. Que el daño causado por el agresor a la nación o a la comunidad de las naciones sea duradero, grave y cierto.
2. Que todos los demás medios para poner fin a la agresión hayan resultado impracticables o ineficaces.
3. Que se reúnan las condiciones serias de éxito.
4. Que el empleo de las armas no entrañe males y desórdenes más graves que el mal que se pretende eliminar. El poder de los medios modernos de destrucción obliga a una prudencia extrema en la apreciación de esta condición.

Después de analizar los hechos concretos que condujeron a la contienda, se podrá evaluar si la decisión argentina se encuadró en el concepto de guerra justa.

IV. Los hechos: el incidente de las islas Georgias

El conflicto bélico de 1982 se origina, no en las Malvinas, sino en el archipiélago de las Georgias del Sur. De manera casi simultánea con la asunción del General Galtieri, como Presidente de la República Argentina, el embajador británico autorizó el viaje a las Georgias de Sur del empresario argentino Constantino Davidoff, que contrató con la Compañía escocesa Salvensen para desguazar  estaciones balleneras abandonadas en esas islas. El contrato quedó formalizado por el escribano Ian Roger Frame, el 19 de setiembre de 1979, con vigencia hasta el 31 de marzo de 1983. Por su parte, las autoridades de Georgias del Sur, fueron informadas por la empresa Christian Salvensen, de Edimburgo, que Davidoff había comprado el material de esa compañía en Puerto Leith, Stromness y Husvik, solicitando le facilitaran la operación.
El contrato molestó al gobernador inglés Hunt, vinculado al Comité de las Islas Malvinas (lobby), pues:

-el único buque de la marina, el rompehielos Endurance, dejaría el área en mayo de 1982.
-en junio, la Oficina Investigaciones Antárticas británica abandonaría las Georgias (Gritviken).
-los obreros argentinos, con contrato hasta 1983, serían la única presencia en las islas.

 Davidoff, comunicó a la embajada británica en Buenos Aires, por nota del 11-12-81, que viajaría a las islas con algunos colaboradores para efectuar un relevamiento fotográfico e inventarios. Inició el viaje el 16-12-81 en el rompehielos Almirante Irizar, llegando a puerto Leith  -en la isla San Pedro, del grupo de las Georgias- el 20-12. Allí inspeccionó el material que había adquirido: 30 tanques de almacenamiento de combustible, planta de cocción, planta diésel eléctrica de 1.500 kw, calderas y máquinarias, en Leith; otras instalaciones en Husvik y Stromnes, más dos diques flotantes de 700 y 1.000 toneladas en este último puerto.
El negocio era apetecible; se estimaba –según The Sunday Times- que por esas 35.000 toneladas de metal Davidoff había pagado 115.000 libras, cuando en 1979 la tonelada de chatarra se vendía a 214 libras, lo que representaba un beneficio de 7 millones de libras[9].
Es poco razonable pensar que un comerciante como Davidoff arriesgaría la oportunidad de su vida, por cometer un acto de provocación, sin embargo, el día 31 Hunt recomendó iniciar un procedimiento contra él; la cancillería (Foreing Office) respondió que no iniciara un procedimiento “con lo que se correría el riesgo de provocar un incidente sumamente grave que empeoraría la situación y los resultados serían imprevisibles” (F, 164).

En febrero, hubo un segundo viaje de los trabajadores argentinos, que estuvieron entre el 16 y el 28 en Leith y Grytviken, sin que se produjera ningún incidente. Por el contrario, según el diario de la British Antartic Survey encontrado por los militares argentinos en abril, los técnicos ingleses de la base de Grytviken mantuvieron relaciones cordiales con los empleados de Davidoff[10].

El embajador informó el 23 de febrero de 1982, que Davidoff se había comunicado telefónicamente con la embajada informando que volvería a las Georgias, para comenzar el desguaze, solicitando instrucciones acerca de cómo proceder; el embajador consultó al gobernador sobre este tema, sin recibir respuesta (Informe Franks, 167), lo que, estima el almirante Busser, introducía “el germen de la crisis”[11].
El 9 de marzo, Davidoff notificó a la embajada que 41 trabajadores partirían dos días después –en realidad, viajaron 39-,  en el Bahía Buen Suceso, que era un transporte de la Marina, dedicado a operaciones comerciales, y en el que no había personal militar ni armas de guerra; este buque era conocido por los ingleses pues solía llevar turistas y provisiones a las Malvinas. Consta en el Informe Franks (168) que el empresario ofreció llevar provisiones para la base británica, así como los servicios de un médico y una enfermera que viajaban con el grupo. El embajador informó sobre esto al Gobernador y al Foreing Office; a su vez Salvensen había informado a la cancillería británica y al gobernador sobre el viaje, y que había concedido a Davidoff una ampliación del contrato hasta el 31 de marzo de 1984.
No obstante de conocerse este viaje, cuando el día 19 el grupo de chatarreros desembarcó en Leith: el gobernador de las Malvinas aseguró que los ingleses de la base científica se enteraron de la presencia argentina al escuchar disparos de armas de fuego, utilizadas para cazar renos, y que habían izado una bandera argentina.

Sobre la bandera, Davidoff negó que hubiera sido colocada por sus empleados,  manifestando que cuando bajaron a tierra ya ondeaba el pabellón nacional en el lugar[12]. Conviene aclarar este punto, pues ocurre que Davidoff no viajó en esa oportunidad[13]; además, el coordinador general del operativo de la firma Georgias del Sur, Ricardo Cacace, admitió que la bandera argentina la colocaron los miembros del grupo: “Fue una cosa natural y espontánea, dado que para nosotros estábamos en la Argentina y, además, éramos un grupo de argentinos”[14] .

Sobre los renos, en el diario de la agencia británica, capturado el 3 de abril en Grytviken, figura esta frase,asentada el 17 de marzo: “Al fin se va el Isatis (yate francés) que volvió ayer puesto que los helicópteros del Endurance lo sobrevolaron para chequearlo. Los otros franceses se están convirtiendo en una peste, ya están disparando sus rifles en Grytviken y matando ciervos. Estamos disgustados y no podemos expresar la animadversión general que provocan sin recurrir a malas palabras. Digamos que no están actuando con propiedad”[15]. Queda en evidencia, entonces, que fueron dichos franceses los que dispararon y no los argentinos.
Cabe acotar con respecto a los renos, que se trata de animales salvajes que fueron introducidos por los balleneros a principios del siglo XX, y que, actualmente, las autoridades británicas prevén exterminarlos –Vgr. con disparos desde el aire-, debido a que constituyen una población de 3.000 animales que están devastando la vegetación local (Clarín, 17-6-12).

El gobernador manifestó al Foreing Office su opinión de que la Marina estaba utilizando al Davidoff como cobertura; la cancillería aclaró al embajador que el Bahía Buen Suceso era un buque de transporte no de guerra, y que no llevaba personal militar. El comandante de la Base de Grytviken confirmó que los hombres desembarcados no llevaban armas de fuego (F, 170). El Informe Franks revela que, según un informe de inteligencia británico, el gobierno argentino no planificó este incidente: “A pesar de los estrechos contactos que el Sr. Davidoff mantenía con algunos oficiales superiores de la Armada Argentina, no se considera que el desembarco no autorizado formara parte de los planes de la Armada” (F, 230).

Mientras tanto, el 21 zarpó de Malvinas el Endurance, embarcando 21 infantes de marina, quedando anclado en Grytviken a las espera de órdenes; el mismo dia en Puerto Stanley se forzó la puerta de LADE, la empresa argentina que brindaba servicio aéreo a las islas,  colocándose una bandera inglesa.
 Simultáneamente, el comandante de la base británica informó a los trabajadores que su presencia era ilegal, pues no habían sellado las llamadas tarjetas blancas de identificación. El Canciller argentino, Dr. Costa Méndez, pidió que la expulsión se revocara si Davidoff ordenaba a sus empleados completar la formalidad de ir hasta Gritviken y hacer sellar las tarjetas. El embajador estuvo de acuerdo, pero Hunt sostuvo que las Georgias no estaban incluidas en el acuerdo de 1971 y que debían sellarse los pasaportes.

Costa Méndez respondió al embajador el 28 que los trabajadores deben permanecer en Georgias pues se les ha otorgado la documentación idónea; en efecto, en el Acuerdo de Comunicaciones, firmado el 1-7-1971, se había establecido que la tarjeta blanca “será el único documento requerido a los residentes del territorio continental argentino para viajar a las Islas Malvinas”. También insistió el canciller en que las Georgias estaban explícitamente comprendidas en el Acuerdo de 1971, cosa que los británicos habían reconocido en la reunión de Nueva York celebrada un mes atrás, los días 26 y 27 de febrero[16].
Cabe destacar que la presencia de estos argentinos no representaba ninguna amenaza: primero, porque no eran militares, y la segunda porque en Georgias no había población, sólo estaba el personal de investigaciones antárticas y en otra zona. Recordemos, de paso, que aquél convenio de 1971, constituyó –como lo expresara Ricardo Paz- “un sistema único en los anales diplomáticos, de usurpación subsidiada a cargo de la nación usurpada”[17]. No cabía, entonces, una nueva concesión por parte de nuestro país.

Mientras tanto, el 30 de marzo el encargado de negocios argentino en Londres, informó que la televisión inglesa dio la noticia del envío de 2 submarinos nucleares clase Hunter Killer; uno de ellos había zarpado el 25 desde Gibraltar (noticia confirmada por el New York Times), y que interpretaba que el gobierno había optado por un endurecimiento frente al caso Georgias.  El punto 213 del Informe Franks reconoce que el día 29 la Primer Ministra dispuso el envio de un submarino nuclear en apoyo del Endurance, y que se prepararía un segundo submarino.

En la Argentina, existieron proyectos de ocupar las Malvinas, ya desde 1955, que se reactivaron desde que el Almirante Anaya asumió como comandante en jefe de la Marina, pero recién en la primera semana de enero, el Comité Militar resolvió que se planificara preventivamente una operación de ocupación de las Malvinas, para el caso de que fracasaran las negociaciones diplomáticas en curso. Ese plan no tenía fecha de ejecución, pues la intención era negociar durante todo el año. Recién el día 23, ante el cariz que tomaba el incidente advirtió al embajador Williams que si no se aplazaba la amenaza de retiro forzado de los obreros, se tomaría como un ultimátum que originaría una reacción por parte de nuestro país. Ante la situación planteada, en reunión del día 26, el Comité dispuso que la operación estuviera lista para ser ejecutada entre el 1 y el 3 de abril. Por su parte, el gobierno inglés tomó la decisión de enviar la Task Force antes de que el gobierno argentino resolviera preparar el posible ataque. El libro de memorias del Almirante Woodward, se tituló “Los cien días”, pues ese tiempo había durado para él la guerra: “…cien días desde que dije adiós … en el puerto de Gibraltar la noche del 26 de marzo”[18].

El 28 zarparon los buques argentinos que llevaban la fuerza de desembarco preparada para ocupar Malvinas, si no se recibía una respuesta satisfactoria. El Informe Franks (230) comenta que el día 31 el Grupo de Inteligencia estimaba que el objetivo del gobierno argentino era persuadir al británico para que reanudara las conversaciones sobre la soberanía y que no deseaba ser el primero en adoptar medidas drásticas. Sin embargo, el riesgo era que recurriera al uso de la fuerza si los civiles que estaban en las Georgias eran arrestados o evacuados.

Recién el 1 de abril el gobierno británico, al conocer la inminencia del desembarco, solicitó al presidente Reagan que intercediera ante el presidente Galtieri; la comunicación telefónica se concretó a las 22 horas, manifestando el mandatario argentino que ya era tarde, pues no se podía detener la operación, pero que si Gran Bretaña admitía negociar la crisis terminaría. Puesto que el objetivo fijado era realizar una ocupación incruenta, y que quedara en las islas una pequeña guarnición, para forzar de inmediato al adversario a entablar una negociación seria.
El objetivo se cumplió: no se produjeron bajas entre los soldados ingleses, y el único fallecido en el enfrentamiento del día 2 de abril fue el Capitán de Corbeta Pedro Giachino que encabezaba el grupo de ataque. Asimismo, el día 3 la Fuerza de Desembarco completó el repliegue de las tropas argentinas[19].

Una cuestión a dilucidar: se ha afirmado que la Marina argentina  preparó  un operativo Alfa, con la intención de promover un incidente que llevara a la guerra. Existió, efectivamente, una Operación Alfa, generada en mayo de 1981 por iniciativa del Alte. Lombardo, Comandante de la Flota de Mar, con conocimiento de la Cancillería. El objetivo consistía en instalar una estación científica en las Islas Georgias del Sur, similar a la que existía desde 1976 en la Isla Thule del Sur, del grupo de las Sandwich del Sur, y con el mismo propósito de mantener una presencia en la zona en litigio. A tal efecto, se formó un grupo de 15 hombres, al mando del Tte. Astiz, que fue adiestrado en la zona de San Fernando, y se embarcó en el buque Bahía Paraíso, en el mes de enero, en el marco de la campaña antártica. Se preveía concretar esa operación en los meses de mayo o junio, cuando las unidades británicas que realizaban tareas de apoyo antártico se hubieran alejado definitivamente de la zona.

Algunos[20] han confundido este viaje de Astiz, con el de Davidoff que viajó en el buque Bahía Buen Suceso, no en el Bahía Paraíso. De todos modos, la Junta Militar en reunión del 2 de febrero, resolvió suspender la operación alfa, para “evitar un hecho que fuera negativo para el desarrollo de las futuras negociaciones”[21] . Según declaración testimonial del Contraalmirante Edgardo Otero, posteriormente –y antes del desembarco de Davidoff- se dispone anular totalmente esa operación[22].
Por lo tanto, el incidente de las Georgias, que comienza el 19 de marzo, no tuvo nada que ver con la Operación Alfa, que nunca fue ejecutada.

V. Análisis de la decisión

El gobierno argentino no podía aceptar las exigencias de desalojar a los obreros de Davidoff que estaban cumpliendo un contrato legalmente formulado, incluso había ofrecido que se sellaran las tarjetas blancas, siendo que ninguna norma había previsto que dicho documento debía ser visado[23]. Además, el personal británico en las Georgias tenía funciones científicas, no consulares que lo habilitara para revisar documentación.
En resúmen, los argentinos:
-estaban en un territorio en disputa;
-se habían cumplido todas las formalidades establecidas;
-admitir el uso de pasaportes era aceptar la pretensión británica de soberanía sobre las islas Georgias.

El entonces embajador británico, Anthony Williams, reconoció posteriormente[24] que: “En Londres se incurrió en un grave error de apreciación durante el episodio de las Georgias”.
Si nuestro país hubiera tolerado el desalojo por la fuerza, o hubiera accedido a evacuar a los obreros bajo amenaza, o hubiera aceptado el visado de pasaportes, ello habría significado una verdadera abdicación del derecho de soberanía sobre el Atlántico sur, por aplicación de la doctrina conocida como “stopell” (reconocimiento tácito de derechos).

La decisión argentina de recuperar las Malvinas, se originó en el procedimiento incorrecto utilizado por Gran Bretaña ante una crisis en Georgias, desatada por sus autoridades. El envío de un buque de guerra constituía un acto de fuerza, sin haberse agotado los recursos diplomáticos[25]. De acuerdo a las Naciones Unidas: “El primer uso de la fuerza armada por un Estado en contravención de la Carta constituirá prueba prima facie de un acto de agresión…”[26].
Entonces, ya no había alternativa válida para la Argentina, que se vio obligada a ejercer el derecho previsto en la Carta de las NU, art. 51:
“Ninguna disposición de esta Carta menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de ataque armado contra un miembro de las Naciones Unidas, hasta tanto que el Consejo de Seguridad hayatomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales”.

El Fiscal de la Cámara Federal, que juzgó a los Comandantes en Jefe, afirmó que: “La Argentina, pues, no agredió, fue agredida”; concepto ratificado por la Cámara en su pronunciamiento.
También la embajadora norteamericana ante las Naciones Unidas, Jane Kirkpatrik, manifestó: “Yo no creo que a la Argentina, dado el hecho de su permanente reclamo de soberanía sobre las Malvinas, se le pueda decir que por ocuparlas estaba cometiendo agresión”[27].

La doctrina de la guerra justa, resumida al comienzo,  nos sirve de guía para evaluar esta contienda bélica concreta, desde la ética. El filósofo cordobés Alberto Caturelli, ha sostenido que “La Argentina ha reunido y puede invocar todos los títulos legítimos de una guerra justa”[28]. Resumo su argumentación:
 -cuando Inglaterra, en 1833, agredió nuestro derecho efectivamente ejercido sobre las Malvinas…usurpando la posesión de las mismas, cometió un acto de tal naturaleza que siguió agrediendo a la Argentina todo el tiempo… durante casi un siglo y medio;
-Por eso, Inglaterra puso entonces (no en 1982) la causa de guerra justa de parte de la Argentina;
-La Argentina, dadas ciertas circunstancias concretas y ante los signos inequívocos del usurpador de no tener voluntad de restituir las islas, decidió retomar lo que siempre fue suyo.

También el Catecismo aclara que: mientras exista el riesgo de guerra y falte una autoridad internacional competente y provista de la fuerza correspondiente, una vez agotados todos los medios de acuerdo pacifico, no se podrá negar a los gobiernos el derecho a la legitima defensa (2308).
Es que la paz -según la clásica definición de San Agustín- es la tranquilidad en el orden; y no puede haber orden sin justicia. Por eso afirmaba Juan Pablo II: “No somos pacifistas, queremos la paz, pero una paz justa y no a cualquier precio” (18-2-1991). Y, en otra oportunidad el Santo Padre aclaró: “Los pueblos tienen el derecho y aún el deber de proteger, con medios adecuados, su existencia y su libertad contra el injusto agresor” (1-1-1982).

VI. Previsibilidad del resultado[29]

Podría alguien alegar que lo antedicho satisface únicamente los dos primeros requisitos exigidos por la doctrina: que haya un daño persistente recibido de un agresor, y que se hayan agotado las vías pacíficas. Conviene, entonces, revisar los otros dos requisitos: que haya razonable posibilidad de éxito, y que el uso de la fuerza no cause daños más graves.

El plan no fue irracional; el propósito de ocupar las islas no era el de iniciar una escalada bélica, por el contrario, se buscaba forzar a una negociación seria, y en caso de surgir un gesto de buena voluntad antes de la ocupación se anularía la operación. La misma debía ser incruenta, y una vez finalizada, quedaría en las islas una pequeña guarnición.

Se preveía que las negociaciones tendrían el apoyo de las Naciones Unidas y de Estados Unidos; esto último no era una suposición ingenua: en la noche misma del 2 de abril  hubo una cena en la embajada argentina en Washington, a la que asistieron la embajadora Kirkpatrich, la plana mayor de la secretaría de Estado, y jefes militares, a tal punto que el embajador británico dijo que era un agravio para su país.
Con respecto a la posibilidad de que las NU exigieran un acuerdo, había varios antecedentes; el más relevante fue la ocupación por Egipto del Canal de Suez, en 1956, presionando el organismo internacional para que Gran Bretaña y Francia no atacaran a Egipto, que desde entonces quedó con el canal.
Otro antecedente destacable es que en diciembre de 1976, solo 6 años antes de la guerra, la Marina argentina instaló un observatorio en las islas Thule (Sandwich), y Gran Bretaña  sólo envió una nota de protesta, sin tomar ninguna otra medida.

Tampoco era inevitable la derrota. Según el Instituto de Estudios Estratégicos de Londres, hasta el 13 abril, la argentina tuvo posibilidad de triunfo. Cambia el panorama, por la ayuda de EEUU. Aun así, los ingleses sufrieron las pérdidas más grandes desde la 2da. Guerra. Debe entenderse que el conflicto era político, y no se pretendía una confrontación total, por eso era posible para la Argentina lograr el objetivo que se había fijado. Además, era una obligación patriótica actuar en defensa de los intereses nacionales.

En el fallo de la Cámara Federal que juzgó a los Comandantes, en noviembre de 1988, se reconoce que: “Asiste razón a las defensas cuando sostienen lo mezquino que puede resultar vincular la decisión de participar en un combate evaluando previamente la entidad del contrincante. La necesidad política de responder a las agresiones que afectan la subsistencia del Estado, pasa por el imperioso deber de asegurar la respuesta al avance del enemigo.”
Por cierto que la Argentina no podría ganar una guerra total a un país como Gran Bretaña; pero desde la última guerra mundial, ya no existen conflictos bélicos integrales. Además, el objetivo de ocupar Malvinas era concreto y factible: ocupar las islas para negociar. Con respecto a la posibilidad de ganar la guerra localizada en esta zona, ello no era imposible, puesto que Gran Bretaña no empeñó todos sus recursos militares, y dependía de numeros factores para actuar a mucha distancia de su territorio.

Con motivo del fallecimiento del General británico Jeremy Moore, comandante de las tropas inglesas en Malvinas, se supo que este militar recordó en una entrevista la preocupación que sintió el 14 de junio de 1982, de que la Argentina no firmara la rendición, y que, por eso, le permitió al Gobernador argentino, General Menéndez, tachar la palabra incondicional, antes de firmar[30]. La preocupación de Moore se fundaba en que el Alte. Woodward, jefe de la flota, le había dicho que si no llegaba a Puerto Argentino para el día 14, lo iban a sacar de la isla; por eso, fue a conversar con Menéndez, “como quien va a jugar al póker con una mano pobre de naipes” (La Prensa, 1-4-86).

Con referencia a los daños que ocasionó la guerra, no es exacto que la misma haya perjudicado los derechos argentinos a reclamar la soberanía sobre Malvinas. La mejor evidencia es que la Asamblea General de las Naciones Unidas sancionó, desde el fin de la guerra, siete resoluciones favorables a nuestro país, siendo la primera de ellas, la Nº 37, de noviembre de 1982 -apenas cinco meses después de finalizada la contienda-, aprobada con el voto positivo de Estados Unidos, inclusive. En la misma se reitera que la situación colonial en las Malvinas es incompatible con los ideales de las UN y pide la reanudación de negociaciones por la soberanía.

Debe citarse, asimismo, el informe Kershaw, elaborado por iniciativa del Parlamento británico, en 1983, donde se reconoce que “problemas sustanciales diplomáticos, militares, financieros y económicos, seguirán enfrentando a Gran Bretaña y las islas Falklands a menos o hasta que se logre un acuerdo negociado de la disputa con la República Argentina” (p. 1.3). También admite el informe que, con relación a la historia del conflicto, “el peso de la evidencia es más favorable al título argentino” (p. 2.15)[31].

VII. Conclusiones

Decía don Ernesto Palacio que quien investiga el pasado debe hacerlo con objetividad, pero que una vez que tiene la certeza de conocer la verdad, no puede ser neutral en la evaluación de los hechos. Por eso, sin perjuicio de los errores estratégicos y tácticos que algunos especialistas han señalado al analizar esta guerra, debe resaltarse que ninguno de los autores que hemos citado considera que pueda ser calificada de aventura, ni se ha verificado que los responsables, civiles y militares, hayan actuado por intereses espurios, o con una incompetencia profesional generalizada. Considero que fue una guerra justa, que no pudo ser evitada sin afectar profundamente el honor nacional. No puede adjudicarse al hecho bélico el debilitamiento posterior de la posición argentina, que obedece a otras causas que exceden el marco de esta exposición.

Es lamentable que a 30 años de la guerra, y siendo que la misma es estudiada en los institutos militares de todo el mundo, por la valentía y eficiencia que demostraron nuestros soldados en el campo de batalla,  los argentinos caigamos en la autodenigración. Hasta surgió este año un grupo de intelectuales que propuso celebrar el 14 de junio, día de la rendición. “Es –como escribió Abel Posse- la Argentina pequeña, incapaz de reconocer sus pasiones y su euforia, incapaz de concederles la palabra gloria a sus muertos por la patria”[32].
Los errores y debilidades propias deben ser reconocidos, pero no debe permitirse la diatriba ni la calumnia sobre las reales motivaciones de una guerra, que la Argentina no provocó imprudentemente, y que una vez desatada supo afrontar con entereza.



[1] Conferencia pronunciada el día 12 de setiembre de 2012, en la Academia Argentina de Historia, al recibir el diploma de Miembro Correspondiente.
[2] Menéndez Palayo, Marcelino. “Historia de los heterodoxos españoles”; Buenos Aires, Espasa-Calpe Argentina, 1951, Tomo I, p. 3.
[3] Al final del trabajo se detallan los antecedentes utilizados (Bibliografía seleccionada),  por considerar que son los mejor documentados y más confiables en el análisis de los hechos. En las referencias a pié de página, se indicará únicamente: el apellido del autor, año de la edición, y número de página citada; en la Bibliografía figuran los datos restantes de cada obra.
[4] Paz, 1983, p. 7).
[5] Palacio, Ernesto. “Historia de la Argentina”; Buenos Aires, Peña Lillo, 1965, T. I, pp. XI y XII.
[6] Versión oficial en Internet: www.casarosada.gov.ar
[7] Utilizaré como abreviatura “F”, seguida del número de párrafo respectivo.
[8] Rodríguez de Yurre, pp. 469/476.
[9] Mayorga, p. 35.
[10] Gamba, 1985, pp. 197/198.
[11] Büsser, 1987, p. 51.
[12] Costa, p. 62.
[13] “y ni siquiera viajé con mis obreros¨”: Davidoff, p. 8.
[14] Clarín, 16-5-1982, p. 4.
[15] Gamba, 1984, p. 133.
[16] Costa Méndez, pp. 109 y 110.
[17] Paz, Ricardo. “Por otro 3 de abril”; en: Revista Militar, Nº 742, Enero/Marzo 1998, p. 73.
[18] Cit. por: Díaz Araujo, p. 25.
[19] Busser, pp. 101/105.
[20] Costa, pp. 58 y 59.
[21] De Vita, pp. 44/48.
[22] De Vita, p. 47.
[23] Costa Méndez, p. 110.
[24] Cit. en: Revista Militar, Nº 742, Enero/Marzo 1988, p. 20.
[25] Bartolomé, pp. 129/131.
[26] Naciones Unidas. “Definición de la agresión”; Res. 3314 (XXIX), Art. 2, de la Asamblea General, de 1974.
[27] Oliveri López, p. 179.
[28] Caturelli, 9/13.
[29] Meneghini, pp. 25/27.
[30] La Mañana de Córdoba, 18-9-2007.
[31] Gamba, 1984, p. 185.
[32] Posse, Abel. “Las Malvinas y la enfermedad argentina”; en Revista Militar Nº 742, Enero/Marzo 1998, p. 32.